Boletines/Mercedes
Decreto Nº 2255/2025
Mercedes, 14/10/2025
Visto
Las actuaciones del Expediente N° EX-2025-00087676-MERCEDES-DC#SG, caratulado: “Fiesta de la Tradición 2025 - Solicitud de Declaración de Interés Municipal”, y
Considerando
Que, como todos los años, se celebrará en nuestra ciudad la Fiesta de la Tradición, un evento de gran relevancia cultural que promueve las costumbres, la música, la danza y las raíces tradicionales de nuestra comunidad.
Que, en esta oportunidad, la fiesta se llevará a cabo los días sábado 8 y domingo 9 de noviembre de 2025, en el Parque Municipal Independencia.
Que la ciudad se prepara para recibir a miles de visitantes que disfrutarán de una variada oferta cultural y gastronómica, contando con la participación de artistas, artesanos, feriantes y entidades de bien público.
Que, en virtud de la relevancia de esta celebración popular, es procedente la declaración de la Fiesta de la Tradición como de Interés Municipal.
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 108, inciso 17) del Decreto Ley 6769/58.
Por ello, EL SR. INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE MERCEDES (B), en uso de las facultades legales que le son propias,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Declárase de Interés Municipal la 10° Edición de la Fiesta de la Tradición a realizarse los días sábado 8 y domingo 9 de noviembre de 2025, en el predio del Parque Municipal Independencia de la ciudad de Mercedes.
ARTÍCULO 2º.-Autorízase a la Contaduría Municipal a librar las respectivas órdenes de pago para solventar los gastos que demande la organización de dicho evento.
ARTÍCULO 3º.- Establécese el siguiente precio para las entradas a la Fiesta de la Tradición:
ARTÍCULO 4º.- Establécese el siguiente canon por rubro para los expositores y empresas participantes:
ARTÍCULO 5º.-“Apruébese la liquidación y abono de la suma fija no remunerativa y por única vez a los trabajadores que participen en la organización del evento, de acuerdo a la siguiente escala:
Categoría A: $ 125.000 para todos aquellos trabajadores municipales que trabajen un mínimo de 10 hs por día.
Categoría B: $ 85.000 para todos aquellos trabajadores municipales que trabajen un mínimo de entre 6,1 hs y hasta 9,9 horas máximo, por día.
Categoría C: $ 60.000 para todos aquellos trabajadores municipales que trabajen hasta 6 horas máximo, por día.-
ARTÍCULO 6º.- Establécese que el valor del estacionamiento por jornada será el siguiente:
ARTÍCULO 7º.- Establécese que el estacionamiento estará cargado el día sábado el Club Trocha y el día domingo a el Club Nicolás San Martin dichas asociaciones están declaradas como entidades de bien público, por lo cual no se les cobrara la concesión de las mismas.
ARTÍCULO 8º.- Establécese que las cantinas estarán a cargo de clubes deportivos e instituciones de nuestra ciudad, las cuales están declaradas como entidades de bien público, por lo cual no se le cobrará la concesión de las mismas. Los lugares que ocupen ellas, se establecerán mediante sorteo en la Dirección de Deportes. A saber:
ARTÍCULO 9º.- Autorízase a que todos los ingresos y egresos de la Fiesta de la Tradición se imputen a la cuenta: “Fondo de Eventos Municipales”.
ARTÍCULO 10º.- Regístrese, publíquese, notifíquese, comuníquese, cumplido, archívese.