Boletines/Tres de Febrero

Decreto Nº628/17

Decreto Nº 628/17

Tres de Febrero, 16/06/2017

Visto

El Expediente Nº 4117-25614-2017 , la Ordenanza Nº 3178 que aprueba el Estatuto Básico para el Personal Municipal de Tres de Febrero, la Ley 14.656., la Ley Orgánica de las Municipalidades, y;

Considerando

Que los Sres. Sutti y Santana prestaron servicios como contratados en la Secretaría de Deportes de este Departamento  Ejecutivo;

Que el Secretario de Deportes solicitó la baja de los contratos de los agentes mencionados a partir del 15 de Junio del corriente, motivado en que no pueden prestar servicios para los cuales fueron contratados;

Que ambos contratos de locación de servicios poseen fecha de vigencia hasta el 30 de Junio del corriente año;

Que la cláusula cuarta del contrato mencionado estableció explícitamente que "la Municipalidad queda expresamente facultada para rescindir el presente contrato cuando le sea oportuno,   y  sin  expresión de causa,  así como igualmente por incumplimiento de las obligaciones que le incumben al locador o cuando necesidades de la otra lo requieran a criterio exclusivo de la Municipalidad no dando lugar a la rescisión a indemnización de ninguna especie y por ningún concepto":

Que por su parte, la Ordenanza 3178 aprobó el Estatuto Básico para el Personal Municipal del Partido de Tres de Febrero, el cual estableció expresamente en el artículo 16 la planta de personal alcanzado por dicho régimen, en dos clasificaciones, Planta Permanente y Planta Temporaria , y ésta última indicada clasificada en Contratados, Mensualizados, Reemplazante o Subvencionada;

Que los Sres. Sutti y Santana revistaron como personal de Planta Temporaria y dentro de ésta, en la categoría de personal contratado;

Que el artículo 17 de dicho Estatuto estableció que el derecho a la estabilidad sólo es garantizado para los agentes de Planta Permanente, por ello en el caso de marras los agentes no gozan de la garantía de estabilidad mencionada por tratarse de personal temporario;

Que particularmente el artículo 181 la Ley Orgánica Municipal, Decreto-Ley 6769/58, dispone que el señor Intendente debe realizar las designaciones del personal contratado , y por contrario imperio también es el único que puede hacer cesar esos nombramientos;

Que tomó intervención la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa; Por todo ello, en uso de sus atribuciones;
 

EL INTENDENTE DE TRES DE FEBRERO DECRETA

Artículo 1°.- Dése de baja al personal contratado, el Sr. Cristian Sutti D.N.I. 31.952.424  y al Sr. Facundo Santana D.N.I. 33.787.474., por razones de servicios en los términos del artículo 118 de la ley 14.656 a partir del 15-06-2017.-

Artículo 2°.-  El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda  y por el Señor Secretario General.-

Artículo 3°. - Regístrese. Pase  al  Área  de Coordinación  de Recursos   Humanos para  notificación  de  los  causantes  y  gírese  para  su  conocimiento  a  la Secretaría de Hacienda y a la Secretaría de Deportes. Cumplido, archívese .-