Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 1879/25
Mar Chiquita, 30/10/2025
Visto y considerando
Que atento lo establecido por los arts. 278 y 278 bis ley Orgánica de la Municipalidades (Mod. por Ley 12076). Las deudas de los contribuyentes que hubieran incurrido en mora en el pago de impuestos tasas y cualquier otra especie de contribuciones adeudadas a la Municipalidad prescriben
a los cinco (5) años de la fecha en que debieron pagarse.
POR ELLO,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
D E C R E T A
ARTICULO 1º DECLARESE OPERADA la prescripción por el transcurso de los periodos correspondiente hasta la cuota 06-2020 inclusive, que, en concepto de Tasa por Servicios Municipales y Tasa por la Conservación de la Red Vial, Tasa Unificada de Actividades Económicas, Tasa Mantenimiento Cementerio e Impuesto a los Automotores que adjunta en Anexo I.
ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado la Secretario de Economía Sra. Marcela Cecilia Lallera y Secretario de Gobierno Dr. Facundo Ariel, Bochicchio.
ARTICULO 3°: Notifíquese a la parte interesada en legal forma, comuníquese a quien corresponda y desee al registro Oficial.
ANEXO
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