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Decreto Nº1879/25

Decreto Nº 1879/25

Mar Chiquita, 30/10/2025

Visto y considerando

Que atento lo establecido por los arts. 278 y 278 bis ley Orgánica de la Municipalidades (Mod. por Ley 12076). Las deudas de los contribuyentes que hubieran incurrido en mora en el pago de impuestos tasas y cualquier otra especie de contribuciones adeudadas a la Municipalidad prescriben

a los cinco (5) años de la fecha en que debieron pagarse.

POR ELLO,

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

D E C R E T A

ARTICULO 1º DECLARESE OPERADA la prescripción por el transcurso de los periodos correspondiente hasta la cuota 06-2020 inclusive, que, en concepto de Tasa por Servicios Municipales y Tasa por la Conservación de la Red Vial, Tasa Unificada de Actividades Económicas, Tasa Mantenimiento Cementerio e Impuesto a los Automotores que adjunta en Anexo I. 

ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado la Secretario de Economía Sra. Marcela Cecilia Lallera y Secretario de Gobierno Dr. Facundo Ariel, Bochicchio.

ARTICULO 3°: Notifíquese a la parte interesada en legal forma, comuníquese a quien corresponda y desee al registro Oficial. 

 

Anexos