Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº1835/25

Decreto Nº 1835/25

Mar Chiquita, 24/10/2025

Visto

El Expte. N° 740/25 donde tramita el llamado a Concurso de Precios Nº 80/25 para la “ADQUISICIÓN COMBUSTIBLE PARA SANTA ELENA”; y

Considerando

Que el concurso de precios fue dispuesto por Decreto Nº 1788/25 de fecha 17 de octubre del 2025, con un Presupuesto Oficial de Pesos Treinta Millones Doscientos Cuatro Mil ($ 30.204.000,00);

Que en el día de la fecha se realizó el acto de apertura, con la presentación de un (1) oferente: 1) La Firma “DON FELIX S.A.”, quien ha cotizado el Ítem Nº 1 en un total de Pesos Quince Millones Novecientos Noventa Mil ($ 15.990.000,00), el Ítem Nº 2  en un total de Pesos Ocho Millones Trescientos Noventa y Siete Mil   ($ 8.397.000,00) y el Ítem Nº 3 en un total de Pesos Cinco Millones Ochocientos Setenta y Seis Mil Quinientos ($ 5.876.500,00), haciendo un total de los Ítems cotizados por la suma de Pesos Treinta Millones Doscientos Sesenta y Tres Mil Quinientos ($ 30.263.500,00);

Que si bien la oferta perteneciente a la Firma “DON FELIX S.A.”, excede el Presupuesto Oficial por la suma total de Pesos Cincuenta y Nueve Mil Quinientos ($ 59.500,00) dicho valor no alcanza al que correspondería para resolver con otra modalidad de compra como puede ser la Licitación Privada;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: ADJUDICASE, el CONCURSO DE PRECIOS Nº 80/25, “ADQUISICIÓN COMBUSTIBLE PARA SANTA ELENA” a la Firma “DON FELIX S.A” por la suma total de PESOS TREINTA MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS ($30.263.500,00).

ARTICULO 2º: La forma de pago será efectuada en un plazo de treinta (30) días desde la presentación de la factura y recepción de conformidad. 

ARTICULO 3º: El gasto ordenado en el Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción 1110138000 – Delegación de Santa Elena– Cat. Prog. 84.02.00 - Fuente de Financiamiento 110 Tesoro Municipal.

ARTICULO 4º: PROSÍGANSE las actuaciones a través de la Oficina de Compras.

ARTICULO 5º: El presente decreto será refrendado por la Secretaria de Economía Sra. Marcela Cecilia Lallera.

ARTICULO 6º: NOTIFÍQUESE a quienes corresponda y dése al Registro