Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº1631/25

Decreto Nº 1631/25

San Andrés de Giles, 23/09/2025

Visto

Lo solicitado por la  Sra. Medina, Rocío Milagros, en carácter de titular, con domicilio legal en calle Moreno Nº 1395 de la Localidad de San Andrés de Giles Partido de San Andrés de Giles, dando origen al expediente Nº 4101-23849/2025; y

Considerando

Que la peticionaria ha dado cumplimiento a todos los requisitos establecidos, para obtener la habilitación municipal de comercio.

Que ha abonado las tasas correspondientes, fotocopia de comprobantes,  obrante a fojas 22 y 23.

Que ha presentado contrato de Locación del inmueble, obrante a fojas  03 a 05.

Que posee Certificado de Uso Conforme para la actividad declarada, obrante a foja 08.

                                               Que ha presentado la constancia de inscripción en ARCA en coincidencia con el rubro declarado, obrante a foja 10

                                               Que ha presentado Declaración Jurada, obrante a foja 07.

Qué el local donde funciona la explotación comercial a nombre de la peticionante, no adeu­da dere­chos de construcción, según acta de Inspección Nº 019506 de la  Dirección  de Planeamiento y Obras Particulares. Obrante a foja 24.

                                                  Que el informe producido por la inspección de la Oficina de Bromatología ha determinado que reúne las condiciones mínimas de salubridad y funcionalidad para el fin que solicita, al elevar el acta de inspección Nº  28147. Obrante a foja  25.

                                                  Que el informe producido por la inspección de la Oficina de Comercio ha determi­nado que reúne condiciones reglamentarias para el fin que se solicita, al elevar el acta de inspección Nº 001290-A. Obrante a foja.28

 

Por ello, el  Intendente Municipal , en uso de las atri­buciones legales que le son propias:

 

DECRETA

 

ARTICULO 1ro; Concede Habilitación Definitiva  a partir del día 23 de Septiembre del 2025, al ru­bro Venta de productos de Granja - Despensa  , con nombre de fantasía “La Querencia” sito del  lugar en calle Mitre Nº 420, de  la Localidad de San Andrés de Giles, Partido de San Andrés de Giles,  identificado con la siguiente Nomenclatura Catastral­: Circ.: I – Sec.: A- Mz.:69: -Pc.: 10 B cuyos datos identificatorios tributarios y comerciales se detallan a continuación:

 

Identificación Tributaria

 

CUIT: 27-43170217-2

Identificación de la Actividad Comercial

 

Fecha de iniciación de la actividad: 23/09/2025

Actividad declarada por el titular: Venta al por Menor de Productos de Almacén y Dietética.- Venta al por Menor de Huevos, carne de Aves y productos de Granja y de la Caza. .-

Actividad según Nomenclador Código NAIB del Ministerio de Haciendas y Finanzas: 472120- 472140

Uso permitido según Código de Planeamiento de la Municipalidad: Comercio:1A.-

Nombre de Fantasía: “La Querencia”

 

 

 

Identificación del local comercial

 

Ubicación del Inmueble: calles Mitre Nº 420.-

Nomenclatura catastral del inmueble: Circ.: I – Secc.: A  - Mz.: 69 -Pc: 10B

Superficie total de la edificación:  mts2

Superficie destinada al comercio: 40 mts2

Metros de Frente de la edificación: mts.

Metros de Frente del local: 4,50 mts. --

Carácter de ocupación  del solicitante: Locataria.

 

 

ARTICULO 2do;La Vigencia de la habilitación otorgada en el artículo precedente del presente decreto, quedara supeditada al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento y al cumplimiento de la normativa vigente que regule la actividad para la cual fuera otorgada.

 

ARTICULO 3ro; Disponer que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevara a la caducidad de la habilitación otorgada.

 

ARTICULO 4to; Expedir el  certificado de habilitación de acuerdo a lo establecido en el artículo 1ero del presente decreto.

 

ARTICULO 5to; La presente habilitación corresponde al Nº 54778  del Registro General de Industria y Comercio de esta Municipalidad.

 

ARTICULO 6to; Entréguese copia al solicitante,  a la Oficina de Comercio, a la Secretaría administrativa, regístrese  y archívese.-