Boletines/Zárate
Resolución Nº 4217/25
Zárate, 16/10/2025
Visto
El Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nª 695/2025, que autoriza la privatización parcial de Nucleoeléctrica Argentina S.A. (NA-SA) mediante la venta del 44% de su capital accionario y la implementación de un Programa de Propiedad Participada; y el Proyecto de Ley S-1624/2025, presentado en el Honorable Senado de la Nación, que declara al sistema nuclear argentino como bien estratégico, inalienable e inembargable de la Nación; y,
Considerando
Que, Nucleoeléctrica Argentina S.A. es una empresa estatal estratégica que opera las centrales nucleares Atucha I, Atucha II y Embalse, generando alrededor del 7 % de la electricidad del país con un factor de capacidad superior al 73%, asegurando provisión continua, estable, competitiva y libre de emisiones de carbono, constituyéndose en pilar de la soberanía energética y de la transición energética nacional.-
Que, según el propio Decreto 695/25, el Estado Nacional posee actualmente el 79% del capital social de NA-SA, la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA) el 20% y Energía Argentina S.A. (ENARSA) el1%, garantizando hasta hoy el control estatal de una actividad estratégica para la seguridad nacional, el desarrollo científico-tecnológico y la defensa del interés público.-
Que, el Decreto 695/25 dispone la venta del 44% de las acciones en bloque a través de licitación nacional e internacional y un Programa de Propiedad Participada del 5 %, reduciendo la participación estatal a un 51%, lo que abre la puerta a la injerencia de capitales privados en las decisiones estratégicas de la empresa y del sistema nuclear argentino.-
Que, el Decreto 450/2025, antecedente directo de la privatización, incorporó el artículo 37 bis a la Ley 24.065 y exceptuó a NA-SA de las restricciones del artículo 37, habilitando que sus ingresos cubran retornos de inversión y márgenes de rentabilidad privada, configurando un esquema que traslada recursos de los usuarios al capital privado sin garantía de mejoras en el servicio.-
Que, la empresa no presenta déficit, sino resultados superavitarios en el primer trimestre de 2025 registró ganancias por $17.234 millones y en el primer semestre un resultado operativo de $103.267 millones, demostrando solvencia económica y capacidad para financiar proyectos estratégicos como la extensión de vida de Atucha I y el Almacenamiento en Seco de Elementos Combustibles Gastados II.-
Que, el Proyecto de Ley S-1624/2025 busca blindar jurídicamente al sistema nuclear, prohibiendo expresamente cualquier forma de privatización, concesión o extranjerización de NA-SA, la CNEA, la Autoridad Regulatoria Nuclear, Dioxitek, la Planta de Agua Pesada y la Planta de Enriquecimiento de Uranio, exigiendo además una mayoría especial del Congreso para cualquier modificación en su estructura, y derogando el artículo 8 de la Ley 27.742 que habilitó la privatización de NA-SA.-
Que, la energía nuclear argentina posee más de 70 años de desarrollo autónomo, reconocido internacionalmente por su uso pacífico y por haber generado capacidades únicas en ingeniería, ciencia y tecnología, imposibles de reponer en el corto plazo si se permite su vaciamiento.-
Que, el sistema nuclear argentino es fruto de más de siete décadas de esfuerzo colectivo de generaciones de científicas, científicos, técnicos y trabajadores que, con visión de país y compromiso patriótico, lograron colocar a la Argentina en el reducido grupo de naciones capaces de diseñar, construir y operar centrales nucleares con tecnología y combustible propios; que defender este patrimonio no es solo proteger una empresa, sino afirmar la soberanía, la independencia tecnológica y el derecho del pueblo argentino a decidir sobre sus recursos estratégicos, legado irrenunciable para las actuales y futuras generaciones.-
Que, el Partido de Zárate es sede de una porción central de este entramado nuclear, con fuerte impacto laboral, científico, tecnológico y comunitario, por lo que la privatización de NA-SA afectaría directamente a su economía, su tejido social y su identidad productiva.-
Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DELPARTIDO DE ZÁRATE, en uso de las facultades que le son propias, sanciona la siguiente:
R E S O L U C I Ó N Nº 4 2 1 7.-
ARTÍCULO 1º.- Rechazar en todos sus términos el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 695/2025, que autoriza la privatización parcial de Nucleoeléctrica Argentina S.A., por vulnerar el interés público, la soberanía energética, el desarrollo científico-tecnológico nacional y el control estatal de una industria estratégica.
ARTÍCULO 2º.- Expresar profunda preocupación por el esquema de apertura al capital privado que, junto con las modificaciones de la Ley 24.065 introducidas por el Decreto 450/2025, permite la transferencia de renta desde los usuarios hacia inversores privados, con riesgo de incrementos tarifarios sin mejoras en el servicio.
ARTÍCULO 3º.- Solicitar al Honorable Senado de la Nación y a la Honorable Cámara de Diputados el tratamiento urgente del Proyecto de Ley S-1624/2025, que declara al sistema nuclear argentino como bien estratégico, inalienable e inembargable, prohíbe su privatización y deroga el artículo 8 de la Ley 27742, a fin de garantizar la preservación integral del sistema nuclear bajo control del Estado Nacional.-
ARTÍCULO 4º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Secretaría de Energía de la Nación, al Ministerio de Economía, a la Comisión Nacional de Energía Atómica, a los Concejos Deliberantes de los municipios con centrales nucleares, y a las organizaciones gremiales, técnicas, científicas y sociales vinculadas al sector nuclear, invitándolos a pronunciarse en defensa de la propiedad pública y el modelo energético soberano.
ARTÍCULO 5º.- Disponer la amplia difusión de esta resolución a través de todos los medios de comunicación del Partido de Zárate y de los canales institucionales disponibles.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, a los dieciséis días del mes de Octubre de dos mil veinticinco.