Boletines/General La Madrid

Ordenanza Nº3641

Ordenanza Nº 3641

General La Madrid, 13/11/2025

General La Madrid,13 de Noviembre 2025.-

 

VISTO: La Ley Provincial 15427 que adhiere a la Ley Nacional 27716 Y

CONSIDERANDO:

Que, el logotipo “Símbolo Internacional de Accesibilidad Universal”, fue creado por ONU en 2015 y dejó atrás la imagen de la persona en silla de ruedas que representó a la discapacidad y a la accesibilidad durante mucho tiempo.

Que, el nuevo logotipo se refleja por un círculo con la figura simétrica conectada que representa armonía entre los seres humanos.

Que, esta figura humana universal con los brazos abiertos simboliza la inclusión de todas las personas desde el respeto a la diversidad humana.

Que, resulta necesario insertarnos en las normas internacionales a los fines de estar a la altura de las sociedades y de las culturas que permiten la plena accesibilidad en la transitabilidad, la información y la comunicación.

Que, hemos avanzado hacia una visión integral de la accesibilidad, que contempla también el entorno y promueve soluciones inclusivas siendo el medio quien debe eliminar las barreras para alcanzar la participación de las personas con discapacidad.

Que, se trata de generar alternativas que puedan ser utilizadas por todos, intentando así conseguir una sociedad en la que los ciudadanos sin exclusión puedan desenvolverse de manera autónoma y en completa libertad.

POR ELLO

                      EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL LA MADRID,  EN USO DE LAS FACULTADES OTORGADAS POR LA LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

ORDENANZA nº 3641/25

 

ARTICULO 1.- Adhiérase el Municipio de General La Madrid a la Ley Provincial N. 15427, que dispone la adopción del nuevo símbolo Internacional de Accesibilidad (SIA).

ARTÍCULO 2.- Dispóngase de manera progresiva la implementación del nuevo símbolo en todos los edificios, dependencia, espacios públicos, documentación y comunicaciones oficiales del Municipio, en reemplazo del símbolo anterior.

ARTÍCULO 3.- Coordinar con las áreas competentes la aplicación de la presente ordenanza.

ARTÍCULO 4.- Invítese a las Instituciones públicas y privadas del Partido a adoptar el nuevo logotipo, promoviendo la concientización sobre su significado y alcance.

ARTÍCULO 5.- Se adjunta a la presente normativa en su Anexo I copia del nuevo logotipo.

ARTÍCULO 6.- Cúmplase, regístrese, archívese. –


 

Raul C. Muñoz Santiago Scabuzzo

 Secretario     Presidente

     H.C.D.           H.C.D.





 

ANEXO I

GRAFICO DEL SIMBOLO INTERNACIONAL DE ACCESIBILIDAD UNIVERSAL

 

 

Este nuevo Logotipo representa la ARMONIA entre los seres humanos en la sociedad, la ESPERANZA y la IGUALDAD de acceso para todos.

Simboliza la INCLUSION para las personas de todos los niveles en todas partes y es un símbolo NEUTRAL e IMPARCIAL.