Boletines/Campana
Decreto Nº 583/25
Campana, 10/07/2025
Expediente Municipal Nº 4016-9701-2025 Cpos. 0,1 y 2 Adjudicación Licitación Pública Nº 19/2025 “Accesibilidad a Barrios de calles a pavimentar”
Visto
El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Decreto N° 184/2022 (t.v), y el Expediente Municipal Nº 40169701-2025 Cpos. 0,1 y 2; y
Considerando
Que la Secretaría de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana llama a la Licitación Pública Nº 19/2025, para la realización de la obra “Accesibilidad a Barrios de calles a pavimentar”.
Que luce adjunto el Decreto DECTO-2025-395-E-MUNICAM-INT que promueve el mencionado llamado a Licitación Pública N° 19/2025.
Que lucen copias de la publicación en el Boletín Oficial y en un Diario de formato digital, respectivamente.
Que obran los comprobantes de adquisición de los Pliegos por las empresas AMERICAN VIAL S.R.L y RACAVAL S.A., respectivamente.
Que se glosa la documentación presentada por las firmas RACAVAL S.A. y AMERICAN VIAL S.R.L., respectivamente.
Que luce el Acta de Apertura Sobre Nº 1 – Documentación, de fecha seis (06) de junio de 2025, donde se deja constancia que se procede a la apertura de los sobres que contienen la documentación de las siguientes empresas: Oferta 1- RACAVAL S.A. y Oferta 2 – AMERICAN VIAL S.R.L.
Que obra el Acta de la Comisión Evaluadora de Ofertas Sobre N° 1 – Documentación, de fecha once (11) de junio de 2025, sin observaciones, estableciendo como fecha de apertura de los Sobres N° 2 – Oferta Económica el día trece (13) de junio de 2025 a las doce (12.00) horas.
Que se glosan las propuestas económicas presentadas por las firmas RACAVAL S.A. y AMERICAN VIAL S.R.L., respectivamente.
Que corre agregada el Acta de Apertura Sobre N° 2 – Oferta Económica, de fecha trece (13) de mayo de 2025, donde se deja constancia que se procede a la apertura de sobres que contienen las siguientes ofertas: Oferta 1 – RACAVAL S.A., cotiza la suma de Pesos Mil Cincuenta y Siete Millones Veinte Mil Ciento Sesenta y Nueve con 16/100 Centavos ($ 1.057.020.169,16.-) y Oferta 2 – AMERICAN VIAL S.R.L. cotiza la suma de Pesos Mil Treinta Millones Trescientos Ocho Mil Setecientos Treinta y Cinco con 00/100 centavos ($ 1.030.308.735,00.-).
Que obra Cuadro Comparativo de Ofertas realizado por la Dirección de Compras.
Que interviene la Dirección de Compras informando que, realizado el cuadro comparativo por la presente Licitación Pública N° 19/2025 “Accesibilidad de barrios a pavimentar”, observa que los valores cotizados por los proveedores son los vigentes en el mercado a la fecha de la presente compulsa de precios y que ambas ofertas económicas presentadas superan el valor del Presupuesto Oficial.
Que luce Informe Técnico emitido por la Subsecretaría de Infraestructura Urbana manifestando que, en las propuestas presentadas, las planillas de presupuesto de la oferta coinciden con las planillas del presupuesto oficial del Pliego, las cantidades son correctas y los precios unitarios son valores adecuados en el mercado al día de la fecha, y de acuerdo al Acta firmada por los presentes al momento de la Apertura de los sobres N° 2, con la oferta económica, se deduce que de las dos (2) propuestas, el presupuesto de menor valor es el presentado por la empresa AMERICAN VIAL S.R.L.
Que la Secretaría de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana toma conocimiento.
Que luce Acta de la Comisión Evaluadora de Ofertas, donde visto el informe de la Dirección de Compras, el informe de la Subsecretaría de Infraestructura Urbana y la adhesión al mismo de la Secretaría de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana, en un todo de acuerdo sugiere adjudicar la presente Licitación Pública N° 19/2025 a la empresa AMERICAN VIAL S.R.L. (C.U.I.T N° 30-71191860-0), con domicilio en la calle Panamericana Km. 61 UF 214, de la Ciudad de Campana, Provincia de Buenos Aires, en la suma total de Pesos Mil Treinta Millones Trescientos Ocho Mil Setecientos Treinta y Cinco con 00/100 Ccentavos ($ 1.030.308.735,00.-), incluido el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.).
Que la Dirección de Presupuesto Municipal emite informe en el cual aclara que, al día de la fecha, el crédito presupuestario resulta insuficiente para la ampliación que se pretende realizar, pero la misma podrá llevarse a cabo, transfiriendo crédito presupuestario a la categoría programática mencionada de economías realizadas dentro de la misma Secretaría o bien, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente en sus Artículos N° 8 y N° 9.
Que se glosa Ajuste de Preventiva N° 9-000017, emitido por la suma de Pesos Ciento Treinta y Cuatro Millones Quinientos Veintiocho Mil Novecientos Treinta con 00/100 centavos ($ 134.528.930,00.-).
Que la Contaduría Municipal ´toma conocimiento del Ajuste de Preventiva mediante el cual se propicia la ampliación de la Solicitud de Gastos N° 1943, en virtud de lo analizado por la Comisión Evaluadora de Ofertas, y teniendo en consideración lo expuesto por la Dirección de Compras, ratifica lo informado anteriormente, no tendrá objeciones de carácter contable que formular una vez realizadas las modificaciones presupuestarias.
Que la Secretaría de Economía y Hacienda toma conocimiento y manifiesta que al día de la fecha el crédito presupuestario resulta insuficiente para la ampliación que se pretende realizar por Pesos Ciento Treinta y Cuatro Millones Quinientos Veintiocho Mil Novecientos Treinta con 00/100 Centavos ($ 134.528.930,00.-), pero la misma podrá llevarse a cabo transfiriendo crédito presupuestario a la categoría programnática mencionada, de economías realizadas dentro de la misma Secretaría o de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente en sus Artículos N° 8 y N° 9.
Que la Secretaría de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana toma conocimiento del Ajuste de Preventiva N° 9-000017 por la suma de Pesos Ciento Treinta y Cuatro Millones Quinientos Veintiocho Mil Novecientos Treinta con 00/100 Centavos ($ 134.528.930,00.-), sin objeciones que consignar.
Que interviene la Jefatura de Gabinete, otorgando continuidad a las actuaciones.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que resulta necesario proceder al dictado del pertinente acto administrativo.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el Artículo 108º del Decreto-Ley 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, dentro de lo contemplado en el Artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Adjudícase la Licitación Pública Nº 19/2025, para la realización de la obra “Accesibilidad a Barrios de calles a pavimentar” a la empresa AMERICAN VIAL S.R.L. (C.U.I.T N° 30-71191860-0), con domicilio en la calle Panamericana Km. 61 UF 214, de la Ciudad de Campana, Provincia de Buenos Aires, en la suma total de Pesos Mil Treinta Millones Trescientos Ocho Mil Setecientos Treinta y Cinco con 00/100 Centavos ($ 1.030.308.735,00.-) incluido el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), conforme al Pliego de Bases y Condiciones Generales, Pliego Básico de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas Generales y Particulares, y toda documentación obrante en el Expediente Municipal Nº 4016-9701-2025 Cpos. 0,1 y 2.-
ARTÍCULO 2º.- Establécese que los fondos necesarios para el pago de lo dispuesto en el Artículo anterior se tomarán de la Jurisdicción 1110106000 “Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas”, Categoría Programática 19.77 “Accesibilidad a Barrios de Calles a Pavimentar”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, Partida Presupuestaria 4.2.2 “Construcciones en Bienes de Dominio Público”.-
ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica Administrativa y Legal Interina; el Señor Secretario de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana; el Señor Secretario de Economía y Hacienda; y el Señor Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese a la empresa interesada; publíquese; y archívese.-