Boletines/Lobería
Decreto Nº 1810-25
Lobería, 26/11/2025
ASÍGNANSE tareas al personal destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza N° 2.959/24, el Decreto Nº 048/25; y
Considerando
QUE, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos ING. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 048/25, que realizará trabajos en cantero ubicado sobre calles De Caso y Alvear de esta ciudad, a partir del 15 de noviembre de 2025;
POR ELLO, LA INTENDENTE MUNICIPAL INTERINA DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista que se detalla, designado mediante Decreto Nº 048/25, que realizará trabajos en cantero ubicado sobre calles De Caso y Alvear de esta ciudad, a partir del 15 de noviembre de 2025:
APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO
LARLUZ, SANTIAGO DANIEL 45.190.969
GIGENA, YONATAN ALEJO 33.536.916
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar se detallan a continuación:
TAREAS
• Construir y reparar cordón de hormigón, pintar y desmontar de terreno.
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS MIL ($ 2.200.000.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL ($ 1.892.000.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 264.000. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura Obras y Servicios Públicos – 25 Dirección de Servicios Públicos – 02 Mantenimientos Urbanos – 1.2.1.0. Retribuciones del cargo” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.