Boletines/Lobería

Decreto Nº1756-25

Decreto Nº 1756-25

Lobería, 13/11/2025

DESÍGNASE, en carácter de personal destajista.

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 –Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.959/24; y

Considerando

QUE, el Dr. ANÍBAL PABLO COLMAN, a cargo del Centro de Salud de San Manuel “Dr. Manuel de Don Pedro”, solicita la designación de personal destajista, para prestar servicios como chofer en ese centro sanitario, a partir del 11 de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 2025, inclusive;
QUE, motiva este pedido, no contar con personal suficiente en planta permanente;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D  E  C  R  E  T  O

ARTÍCULO 1.- DESÍGNASE, en carácter de personal destajista, a partir del 11 de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 2025, inclusive, al Sr. FAUSTO ELIAN BAIGORRIA, D.N.I. Nº 42.492.473, para prestar servicios como chofer en el Centro de Salud de San Manuel “Dr. Manuel de Don Pedro”.

ARTÍCULO 2.- El monto a abonar por guardia será de Pesos VEINTITRÉS MIL SESENTA Y NUEVE CON VEINTIDÓS CENTAVOS ($ 23.069,22.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA ($ 19.840.-) correspondiendo al Municipio, además efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 2.768. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente, donde se dejará expresa constancia de la cantidad de guardias efectivamente realizadas.
 ARTÍCULO 3.- El presente gasto se imputará a la Partida: “11100110000 Secretaría de Salud y Desarrollo Social – 35 Dirección Centros de Atención Primaria de Salud – 02 Jefatura del Centro de Salud de San Manuel – 1.2.1.0. Retribuciones del cargo” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 4.- Tomen conocimiento Centro de Salud de San Manuel “Dr. Manuel de Don Pedro”, Oficina de Personal, Contaduría, Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.