Boletines/Tandil

Ordenanza Nº19049/2025

Ordenanza Nº 19049/2025

Tandil, 13/11/2025

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA EL SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Denomínanse los siguientes espacios circulatorios públicos (ECP) de la Circunscripción I, a saber:

1- BARRIO FALUCHO 22 (Sección D, Chacra 49):

a) Pasaje Co. Aconcagua, al ECP que separa las Manzanas 49e y 49f de las Manzanas 49m y 49n;

b) Pasaje Co. Mercedario, al ECP que separa las Manzanas 49m y 49n de las Manzanas 49t y 49w;

c) Pasaje Co. Pissis, al ECP que separa la Manzana 49aa de la Manzana 49ae;

d) Pasaje Co. Ojos del Salado, al ECP que separa la Manzana 49ae de la Manzana 49am;

2- ATUNCPBA II (Sección D, Chacra 69):

a) Pasaje Rosita Osquigil, al ECP que separa la Manzana 69ad de la Manzana 69af;

b) Pasaje Lety Quiroga, al ECP que separa la Manzana 69af de la Manzana 69ag;

c) Pasaje Francisco Paco Serrano, al ECP que separa las Manzanas 69ad, 69af y 69ag de la Manzana 69ae.

3- AMEMT II (Sección D, Chacra 69):

a) Pasaje Mapuches, al ECP que separa la Manzana 69x de la Manzana 69y;

b) Pasaje Guaranies, al ECP que separa la Manzana 69y de la Manzana 69z.

4- AMEMT I (Sección D, Chacra 69):

a) Pasaje Tobas, al ECP que separa la Manzana 69ac de la Manzana 69ab;

b) Pasaje Tehuelches, al ECP que separa la Manzana 69ab de la Manzana 69e;

c) Pasaje Diaguitas, al ECP que separa la Fracción 2 de las Manzanas 69ac, 69ab y 69e.

5- UOM (Sección D, Chacra 68):

a) Pasaje Amanda Luro, al ECP que separa la Manzana 68ga de la Manzana 68gb;

b) Pasaje Jacinto José Castejón, al ECP que separa la Manzana 68gb de la Manzana 68gc.

6- FUERZA AÉREA (Sección E, Chacra 105):

a) Pasaje Pucará, al ECP que separa la Manzana 105m de la Manzana 105z;

b) Pasaje Pulqui I, al ECP que separa las Manzanas 105m y 105z de la Manzana 105y.

7- CLUB DE BARRIO VISTALLI (Sección D, Chacra 12):

a) Pasaje Mercedes Sosa (continuación);

b) Pasaje Horacio Guarany, al ECP que separa la Manzana 12ag de la Manzana 12ah.

8- CHACRA 243 (Sección F, Chacra 243):

a) Pasaje Albania, al ECP que separa las Manzanas 243h, 243g y 243c de las Manzanas 243m, 243e y 243d;

b) Pasaje Croacia, al ECP que separa las Manzanas 243g y 243d de las Manzanas 243h y 243e;

c) Pasaje Bosnia, al ECP que separa las Manzanas 243f, 243b y 243a de las Manzanas 243g y 243c;

d) Pasaje Hungría, al ECP que separa las Manzanas 243f y 243m de las Manzanas 243a y 243e.

9- CHACRA 254 (Sección F, Chacra 254):

a) Pasaje Condor, al ECP que separa las Manzanas 254a, 254b, 254c y 254d de las Manzanas 254e, 254f, 254g y 254h;

b) Pasaje Biguá, al ECP que separa las Manzanas 254u, 254v, 254w y 254x de las Manzanas 254z, 254aa, 254bb y 254cc.

10- CLUB JUVENTUD UNIDA (Sección D, Chacra 10):

a) Pasaje Juventud Unida, al ECP que separa las Manzanas 10d y 10e de las Manzanas 10f y 10g.

11- BARRIO ECOS (Sección F, Chacra 132):

a) Pasaje Chajá, al ECP que separa la Manzana 192m de la Manzana 192s y finaliza rodeado por la Manzana 192k;

b) Pasaje Pato Overo, al ECP que separa la Manzana 192t de la Manzana 192w y finaliza rodeado por la Manzana 192r.

12- PASAJE ENTRE LAS MANZANAS 1-C-125b y 1-C-125e (Sección C, Chacra 125):

a) Pasaje Juan Raúl Pagnacco, al ECP que separa la Manzana 125b de la Manzana 125e.

13- CERRO LEONES (Sección F, Chacra 211):

a) Pasaje Cerro Leones, al ECP que separa las Manzanas 211b, 211h, 211o y 211u de las Manzanas 211c, 211j, 211p y 211v.

14- BARRIO SMATA (Sección E, Chacra 181):

a) Pasaje Carlos Reutemann, al ECP que separa la Manzana 181k de las Manzanas 181m y 181n;

b) Pasaje Froilan González, al ECP que separa la Manzana 181m de la Manzana 181g;

c) Pasaje Carlos Menditegui, al ECP que separa la Manzana 181n de las Manzanas 181m y 181g;

d) Pasaje Juan Galvez, al ECP que separa las Manzanas 181k y 181m de la Manzana 181e.

15- ZONA CENTINELA (Sección F, Chacra 218):

a) Calle Lincanray, al ECP que separa la Manzana 218y de la Manzana 218z.

ARTÍCULO 2º: Dispóngase por el Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, implementar la señalización vial informativa reglamentaria necesaria, conforme a lo dispuesto en el Artículo 1º.

ARTÍCULO 3º: Cúmplase con lo dispuesto en el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 10.113/06.

ARTÍCULO 4º: Los gastos que demande la implementación de la presente Ordenanza serán imputados a la partida que corresponda del presupuesto de gastos en vigencia.

ARTÍCULO 5º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese al Departamento Ejecutivo.

 

Firma : Diego A. Palavecino (Secretario del H.C.D.)    -    Juan P. Frolik (Presidente del H.C.D.)