Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 1528/25
San Andrés de Giles, 19/08/2025
Visto
La solicitud cursada por el señor Cesar Abad en su carácter de socio gerente de la firma Obras y Servicios del Oeste S.R.L. , dando origen al expediente Nro. 4101- 234996 -0-2025 mediante la cual solicita autorización para la realización de zanjeo en la vía pública, a efectos de poder realizar la extensión de la red de gas natural para consumo doméstico en el domicilio cuya Nomenclatura Catastral: Circunscripción: II; Parcela 36 AS , de la localidad de San Andrés de Giles, propiedad del convecino RUBEN ABEL GALLO DNI Nº 4.740.082 ;y
Considerando
Que la ordenanza Nro. 170/94, promulgada por decreto Nro. 666/94, autoriza al Departamento Ejecutivo, a aprobar las extensiones de la red de gas natural, no comprendidas en el plan general existente.
Que del informe producido por la Dirección de Planeamiento y Obras
Particulares de la Municipalidad surge la factibilidad de acceder a lo peticionado
Que las actuaciones contienen asimismo dictamen favorable de la
Dirección de Recaudación de la Municipalidad.
Por ello, el Intendente Municipal en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1ro.: Conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal 170/94 autorizar a la Empresa Obras y Servicios del Oeste S.R.L. , a realizar la ejecución de zanjeo en veredas para la extensión de la red de gas natural para uso doméstico proyecto SG 00611 , aprobado por Naturgy al domicilio del inmueble cuya Nomenclatura Catastral es: , Circunscripción: II; Parcela 36 AS , de la localidad de San Andrés de Giles , propiedad del convecino RUBEN ABEL GALLO DNI Nº 4.740.082, de acuerdo al croquis adjunto al expediente mencionado y que fuera emitido por el referido Organismo. La parte peticionante deberá acatar las reglamentaciones vigentes en la materia, debiendo reparar y devolver a su estado original las veredas y calzadas afectadas. El tendido de cañería de red deberá instalarse a 0,80 m. desde la línea Municipal y a profundidad no menor de 0,80 mt.., medidas desde los puntos más bajos (zanjas, pavimento, etc.) y a distancia reglamentaria de los demás servicios en vereda .Las veredas serán reparadas adecuadamente a cargo del peticionante.
ARTICULO 2do: Una vez finalizadas dichas reparaciones se solicitará el correspondiente final de obra a la empresa Contratista autorizada quién además deberá acompañar plano conforme a obra si se hubieran introducido modificaciones al Proyecto original aprobado.
ARTICULO 3ro.: Registrar, comunicar a los interesados, dar vista a la Dirección de Planeamiento y Obras Particulares; la Secretaría de Obras y Servicios, a la Dirección de Inspección General y Protección Ciudadana , a La Empresa y a la peticionante y oportunamente archivar.