Boletines/Trenque Lauquen

Decreto Nº2221/2025

Decreto Nº 2221/2025

Trenque Lauquen, 18/08/2025

2221/2025 Nulidad Licitación Privada 30/2025

Visto

El Expediente Administrativo Nº 4880/2025, la Licitación Privada 30/2025, la nota de impugnación presentada por la firma AGM Constructora del Oeste SA en su carácter de oferente; y,

Considerando

Que la firma AGM Constructora del Oeste SA ha formulado una impugnación en el marco del proceso licitatorio, haciendo constar que la firma Domus SS habría presentado su oferta fuera del plazo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.

Que el Pliego de Bases y Condiciones respectivos establece en su Artículo 5º que la presentación de las ofertas debe realizarse hasta 30 minutos antes de la fecha y hora previstas para la apertura de sobres.

Que al analizar las actuaciones administrativas, la Secretaría Legal y Técnica ha advertido que no existe constancia de la fecha y hora de presentación de ninguna de las ofertas recibidas, constituyendo esta omisión un incumplimiento de una formalidad esencial del proceso de contratación pública.

Que dicha falta de registro genera una incertidumbre insalvable, afectando los principios de transparencia e igualdad que rigen la función pública. Sin un registro fehaciente, la Administración pierde la capacidad de demostrar que el proceso fue legal y que todos los oferentes compitieron en idénticas condiciones.

Que, como lo ha señalado la Secretaría Legal y Técnica en su dictamen, esta irregularidad no es subsanable en la etapa actual del procedimiento, dado que se trata de un vicio de origen que compromete la validez del proceso en su totalidad.

Que, en aras de garantizar la legalidad, la seguridad jurídica y la confianza en la gestión pública, la medida más prudente y correcta es declarar la nulidad del procedimiento viciado.

Que el dictamen de la Secretaría Legal y Técnica, compartido en su totalidad por el suscripto, recomienda proceder en tal sentido.

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Declárese la nulidad del procedimiento llevado a cabo en la apertura de sobres de la Licitación Privada Nº 30/2025: “Obra de Cordón Cuneta en Chacra 222 – Etapa 1 - de la Ciudad de Trenque Lauquen”, correspondiente al Expediente Administrativo Nº 4880/2025, en razón del vicio sustancial de procedimiento advertido en la etapa de presentación de ofertas.
ARTÍCULO 2º.- Instrúyase a la Oficina de Compras llevar a cabo las tareas que resulten necesarias para proceder en lo inmediato a realizar un nuevo llamadoa los mismos fines y efectos, asegurando el estricto cumplimiento de todas las formalidades establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, y en especial, dejando la debida constancia de la fecha y hora de recepción de cada una de las ofertas.
ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a la Oficina de Compras, Contaduría, Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Secretaría de Hacienda y Secretaría Legal y Técnica.
ARTÍCULO 4º.- Notifíquese a la firma AGM Constructora del Oeste SA ya los demás oferentes.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.

Ing. Manuel Silva Muñoz
Secretario de Obras y Servicios Públicos                                          
Municipalidad de Trenque Lauquen
Francisco Recoulat
Intendente                                              
Municipalidad de Trenque Lauquen