Boletines/Zárate
Decreto Nº 530/25
Zárate, 06/11/2025
Visto
El expediente N.º 4121-6295/2025, mediante el cual el Presidente del Club Central Buenos Aires solicita al Sr. Intendente Municipal realizar gestiones para poder contar con el Estadio de Fútbol del Club Atlético Defensores Unidos de Zárate o del Club Belgrano, con el objeto de participar en el Torneo Regional Amateur 2025/2026, así como la asignación de un subsidio para solventar los gastos que dicha participación implica, y;-
Considerando
Que, efectivamente se realizaron las gestiones pertinentes con el Club Atlético Defensores Unidos de Zárate, habiéndose suscripto un contrato de locación entre dicha institución y la Municipalidad de Zárate para el uso del estadio de fútbol, a fin de que el Club Central Buenos Aires pueda disputar como local cuatro (4) partidos oficiales del mencionado torneo; Que, la Secretaría de Deporte y Recreación ha solicitado la asignación de un subsidio por la suma de PESOS UN MILLÓN ($1.000.000) destinado a solventar los gastos derivados de la participación del club en el torneo; Que, el Subsecretario General de Intendencia, considerando los costos que demanda la competencia, entiende que la suma solicitada resulta insuficiente y estima procedente elevar el monto del subsidio a la suma PESOS DOS MILLONES ($2.000.000); Que, la Contaduría Municipal ha tomado la intervención que le compete, informando que la erogación podrá imputarse a la Partida Presupuestaria N.º 1110116000 – Secretaría de Deportes – Programa 53 “Deporte” – Actividad 09 “Apoyo a Instituciones Deportivas” – Partida 5.1.7.0 “Transferencias a Instituciones Culturales y Sociales sin fines de lucro” – Fuente de Financiamiento 110 (Origen Municipal), sugiriendo la confección del presente decreto con cargo a rendición de cuentas por parte del beneficiario;
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias; D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Otórguese al CLUB CENTRAL BUENOS AIRES, un subsidio no reintegrable por la suma de PESOS DOS MILLONES ($2.000.000), destinado a solventar los gastos que demande su participación en el Torneo Regional Amateur 2025/2026. ARTÍCULO 2º: Establécese que el subsidio otorgado deberá ser rendido en legal forma ante la Contaduría Municipal dentro de los treinta (30) días de recibido el aporte. ARTÍCULO 3º: La erogación que demande el cumplimiento del presente será imputada a la Jurisdiction: 1110116000 – Secretaría de Deportes – Programa: 53 “Deporte” – Actividad 09 “Apoyo a Instituciones Deportivas” – Partida 5.1.7.0 “Transferencias a Instituciones Culturales y Sociales sin fines de lucro” – Fuente de Financiamiento 110-Origen Municipal. ARTÍCULO 4º: El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Deporte y Recreación, Da. STEFANIA RODRIGUEZ SCHATZ ARTÍCULO 5º: Comuníquese a la Secretaría de Deporte y Recreación, a la Secretaría de Economía, a la Contaduría Municipal, y al Club Central Buenos Aires. Cumplido, archívese.