Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 2692
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 31/10/2025
VISTO estos actuados por los que se tramita la ampliación de plazo y monto de la obra “REMODELACIÓN DE LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA DEL EDIFICIO JUZGADO FEDERAL N° 1 - ALSINA N° 317”, adjudicada a la empresa BENEDICTINO S.A. por Decreto Nº 2935/2024, dictado en el Expediente Nº 415R-4588-2024, y
CONSIDERANDO
Que a fs. 1 el Departamento Electricidad y Mecánica informa que en cumplimiento de la cláusula Cuarta del Convenio suscripto el día 7 de julio de 2023 (Expediente 0 N° 7057 Año 2022) entre el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación y la Municipalidad de Bahía Blanca, el pedido de ampliación de monto y de plazo de obra por sesenta (60) días corridos al mencionado organismo, presentado por la empresa el 3 de Abril de 2025. Posteriormente, se elevo un segundo pedido de ampliación de plazo por treinta (30) días corridos adicionales solicitado por la empresa el 17 de Julio de 2025.
Que durante el período comprendido entre la presentación de la documentación y la aprobación formal por parte del Consejo, el plazo contractual continuó su curso. Por solicitud expresa de la Dirección General de Infraestructura Judicial, la empresa contratista inició la ejecución de los trabajos correspondientes al adicional de obra.
Esta situación derivó en que, una vez vencido el plazo contractual original (240 días), se continuaron ejecutando tareas vinculadas al adicional de obra, sin que este Municipio pudiera gestionar oportunamente la aprobación correspondiente ya que no se contaba con la autorización formal y legal del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación.
Que a fs. 10, con fecha 3 de abril de 2025 consta nota de la empresa contratista solicitando una ampliación de plazo de obra, debido a los inconvenientes ocasionados por las inundaciones del 7 de Marzo de corriente año. Atento los hechos acontecidos señala que se registraron interrupciones en el transporte publico y en el suministro de energía, sumado a las dificultades personales de sus colaboradores, quienes se han visto imposibilitados de acudir a sus tareas laborales.
Que la empresa informa que la obra requiere una conexión pública suministrada por EDES S.A., compañía distribuidora de energía eléctrica de la ciudad, quien ha solicitado una obra complementaria externa para la conexión de red publica. La contratista adjunta análisis técnico detallado confeccionado por la empresa EDES S.A., y el presupuesto para llevar a cabo la obra señalada. Acompaña declaración jurada renunciando a reclamar mayores gastos generales y/o improductivos que se pudieran generar por las ampliaciones de plazo solicitadas. Solicita ampliación de 60 (sesenta) días corridos por los fundamentos señalados.
Que a fojas 30, de fecha 7 de abril de 2025 obra nota de la Intendente y el Subintendente de la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, que "Atento lo solicitado por la empresa Benedictino SA (...) el pedido esta justificado por un lado se considera la obra complementaria externa para la conexión de la red publica requerida por EDES S.A.. Por otro lado, los hechos de publico conocimiento referidos a consecuencias sufridas por Bahía Blanca, durante el temporal del 7 de Marzo de 2025, lo que genero retraso en la obra, por diversos motivos, (tales como personal de la empresa afectado, interrupción del servicio de energía eléctrica en el sector durante varios días, retraso en la provisión de materiales entre otros). Es por ello que consideramos oportuna, la ampliación de monto y plazo de obra para la terminación de los trabajos ya que entendemos justo el pedido del mismo."
Que el Departamento Electricidad y Mecánica señala en sus informes obrantes a fs. 32 y 33 que la obra requiere la ejecución de un tendido de cable subterráneo de aproximadamente 160 mts. de extensión de acuerdo a la Orden de servicio N.º 12686 elaborado por EDES S.A., necesario para la nueva potencia a demandar del edificio, tareas que no fueron contempladas en el proyecto original. Advierte que la empresa Benedictino S.A. realizo un presupuesto para ejecutar dichos trabajos el cual asciende a un monto de $20.461.705 que representa un 6,79% del monto total del contrato.
Asimismo, agrega que el plazo de ampliación de obra se encuentra justificado con respecto al temporal e inundaciones ocurridas el 7 de Marzo de 2025, atento que hubo una inundación en la planta baja y subsuelo del edificio afectando parte de los trabajos ejecutados.
El referido Departamento procedió a evaluar los trabajos requeridos, elaborando el correspondiente presupuesto oficial con el objetivo de verificar la adecuación de valores presentados por la empresa.- El presupuesto oficial ascendió a la suma de $19.265.000,00 contemplando costos de mano de obra y materiales conforme los valores de abril de 2025. Por su parte la empresa Benedictino S.A. ha cotizado la ejecución de la obra en $20.461.705,00, lo que representa un incremento del 6,21% respecto del presupuesto oficial. Este ultimo representada el 6,79% del total del contrato de obra.
Que en fecha 17 de Julio de 2025, el Jefe del Departamento de Electricidad y Mecánica de la Municipalidad solicita gestionar un pedido de ampliación de plazo de obra de 30 días corridos solicitados por la contratista. Que la Intendencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, indica que, tras la aprobación de la instalación de detección de incendio, la empresa contratista procedió con la compra de los materiales, siendo informados por sus proveedores que la demora de entrega seria de aproximadamente 30 (treinta) días.
Que elevados ambos pedidos a la Dirección General de Infraestructura Judicial, el 25 de abril de 2025 y el el 22 de julio de 2025, dicho organismo demoro hasta el 2 y 15 de Septiembre para aprobar los pedidos.
Que a fs. 36/43 constan en copia fiel las Resoluciones A.G nro. 2678/2025 y 2857/2025 del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación de fecha 2 y 15 de septiembre del corriente año, por medio de las cuales presta conformidad a las ampliaciones del plazo de obra en sesenta (60) y treinta (30) días respectivamente, y al monto de PESOS VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y UN MIL SETECIENTOS CINCO ($20.461.705,00).-
A fs. 51, 52 y 60 obra agregada la factura N° 00003-00000145, el Certificado de Ampliación de Monto Nº1 y Acta de Recepción Provisoria de la obra de fecha 22 de agosto de 2025.-
Que lo expuesto cumple con lo estipulado en la Cláusula Cuarta del Convenio de Cooperación entre el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación y la Municipalidad de Bahía Blanca, y el Artículo 43° y 67 º de Pliego de Bases y Condiciones Generales.-
Que la empresa contratista ha presentado las garantías en concepto de Garantía de Cumplimiento de Contrato y Fondo de Reparo correspondientes a la ampliación de Monto y plazo solicitados.
Que a fs.63 vta. consta la imputación realizada por la Subdirección de Presupuesto a la Fuente 133 Jurisdicción 1110105000 Categoría Programática 74.0200. Gasto 5410.
Que a fs. 64 la Contadora General observa que de acuerdo con la normativa vigente, los procesos de contratación y compromiso deben realizarse previo al inicio de la prestación del servicio. Por lo expuesto, la presente contratación se observa por "Incumplimiento del proceso de contratación" según art. 186 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el art. 123 del Reglamento de Contabilidad, debiendo confeccionarse el correspondiente acto administrativo donde se insista y ordene el pago.
Que por lo expuesto se insiste en la prosecución del trámite y el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
DECRETA
ARTÍCULO 1º: Ampliar en un 6,79% lo que significa la suma de PESOS VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y UN MIL SETECIENTOS CINCO ($20.461.705,00), el monto contractual de la obra: "REMODELACIÓN DE LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA DEL EDIFICIO JUZGADO FEDERAL N° 1 - ALSINA N° 317", adjudicada a la empresa BENEDICTINO S.A. por Decreto Nº 2935/2024, dictado en el Expediente 415R-4588-2024, en un todo de acuerdo a los considerandos obrantes en el presente.
ARTÍCULO 2º: Ampliar en NOVENTA (90) días corridos a partir del día 24 de mayo de 2025, el plazo contractual de la obra citada en el articulo primero, en un todo de acuerdo a lo informado por el Departamento Electricidad y Mecánica en las actuaciones obrantes en el presente expediente.
ARTÍCULO 3°: Reconocer el pago por legitimo abono, de la Factura Nº00003-00000145 por un monto de PESOS VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y UN MIL SETECIENTOS CINCO ($20.461.705,00), correspondiente a la firma BENEDICTINO S.A., C.U.I.T 30-71059676-6, en concepto de la ampliación de obra : "REMODELACIÓN DE LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA DEL EDIFICIO JUZGADO FEDERAL N° 1 - ALSINA N° 317", en un todo de acuerdo a los fundamentos expuestos en los considerandos del presente.-
ARTICULO 4º: Refrende el Sr. Secretario de Economía.
ARTICULO 5°: Ordenar al Departamento Contaduría General a pagar la suma indicada en el Articulo 3°, por el total de PESOS VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y UN MIL SETECIENTOS CINCO ($20.461.705,00) correspondiente a la firma Benedictino S.A. CUIT 30-71059676-6, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente.
ARTICULO 6°: El gasto que demande lo dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente 133, Jurisdicción 11110105000, Cat. Prog. 74.02.00, Gasto 5.4.1.0. del presupuesto de gastos vigente.
ARTÍCULO 7°: Cúmplase, publíquese, dése al R.O.: notifíquese a la firma interesada ; tome conocimiento el Departamento Electricidad y Mecánica, Subdirección de Presupuesto, Departamento de Contaduría General, Departamento Tesorería. Comuníquese al Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación. Cumplido RESERVESE en el Departamento Electricidad y Mecánica.