Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº277

Resolución Nº 277

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 14/11/2025

Visto las presentes actuaciones, por las cuales el Club Villa Mitre solicita autorización para realizar un evento denominado "Festejo día de Halloween" con entretenimientos para jóvenes de 11 a 14 años, el mismo se llevará a cabo en sus instalaciones de calle Garibaldi 149 (Salón "El Coloso"), el día 15 de noviembre de 2025; considerando la documentación aportada por el recurrente y teniendo en cuenta lo informado por la Dirección General de Defensa Civil, el VICEJEFE DE GABINETE Y GOBIERNO, en uso de las facultades que le confiere el Decreto Nº 4995/2023,

                                                                           R E S U E L V E

ARTÍCULO 1º) - Autorízase al Sr. Juan Jose La Roca Presidente del Club Villa Mitre a realizar un evento denominado  "Festejo de Halloween", organizada por la Sub-comisión de Patín del club, con entretenimientos para jóvenes de 11 a 14 años,  en sus instalaciones de calle Garibaldi 149 (salón "El Coloso"), el día 15 de noviembre de 2025, a partir de las 20:00 horas y hasta las 23 horas .-

ARTICULO 2°)- Dejase expresa constancia que el evento se realizará bajo la exclusiva responsabilidad de la entidad organizadora, debiendo dar cumplimiento a la Ordenanza Nº 20.916 (ruidos molestos).-

ARTICULO 3º)- La presente autorización es otorgada en función de la documentación presentada por los organizadores y al resultado de las inspecciones técnicas que se lleven a cabo la Dirección General de Defensa Civil, para constatar el cumplimiento de todos los requisitos señalados al organizador. En caso de incumplimiento, quedará automáticamente suspendido la autorización.-

ARTÍCULO 4º)- Asimismo se hace saber a los organizadores que en caso de decorar el salón con telas, telones o elementos similares estos deberán contar con documentación que certifique su tratamiento ignífugo. NO se permite el uso de fuegos artificiales y/o piroctenia (en cualquiera de sus formas) dentro o fuera del local.

ARTÍCULO 5º)- Hágase saber que deberá respetar el horario autorizado por el articulo 1°, ya que es el rango en el que estará el personal de Bomberos del Cuartel Central.-

ARTICULO 6º) -En el supuesto caso de que el Servicio Meteorológico Nacional produzca una alerta  naranja y/o roja por  lluvias, viento, tormenta o evento climático con características similares, deberá proceder a la suspensión de evento.-

ARTÍCULO 7º)- Cúmplase, notifíquese, tome nota Dirección de Defensa Civil; dése al R.O. y ARCHIVESE.-