Boletines/Bahia Blanca

Ordenanza Nº22217

Ordenanza Nº 22217

Bahia Blanca, 23/10/2025

VISTO

 

El proyecto de ordenanza obrante a fojas 8, mediante el cual el Sr. Roberto Jacobo, DNI 16.584.298, titular del legajo de Taxi Nº 047, contribuyente Nº 33.863; solicita una excepción a lo establecido en el artículo 10º inciso b de la Ordenanza Nº15.431, basado en las dificultades económicas para el cambio de la unidad y

 

CONSIDERANDO

 

Que la Ordenanza Nº 15.431 que regula el servicio de taxi en su artículo 10º – obligaciones del titular de legajo de taxi, en su inciso b establece: “Comunicar al Organismo Competente dentro de los cinco (5) días corridos, el retiro del vehículo afectado al servicio por más de cinco (5) días hábiles, expresando causa justificada y reintegrando la Tarjeta de Control Mensual. Dicho retiro nunca podrá exceder los seis (6) meses, vencidos los cuales se producirá de pleno derecho la caducidad del legajo”.

 

Que habiéndose efectuado un análisis de los antecedentes surge que por expedientes 336-1777/2025, 336-3186/2025 y 336-5327/2025, se han otorgado recesos de la unidad por 60 días.

 

Que a los efectos de efectuar dicha solicitud a fojas 6 de las presentes actuaciones al Sr. Roberto Jacobo no registra deuda.

 

Que la División de Transporte Urbano a fojas 7 del presente expediente, sugiere que otorgar una prórroga por vía de excepción a lo establecido en el artículo 10º de la Ordenanza Nº 15.431, hasta el 31 de diciembre de 2025, momento en el cual deberá incorporar una unidad acorde a lo estipulado en el artículo 35º inciso c) de la Ordenanza Nº 15.431.

 

Por todo lo expuesto, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades sanciona con fuerza de,

 

ORDENANZA

 

Artículo 1º – Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar una prórroga de receso al legajo de Taxi Nº 047, contribuyente Nº 33.863, hasta el 31 de diciembre de 2025, al Sr. Roberto Jacobo, DNI 16.584.298, en su carácter del titular de dicho legajo y en un todo de acuerdo con los considerandos de la presente Ordenanza.

 

Artículo 2º - Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.

 

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICINCO.