Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 283
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 27/10/2025
VISTO la solicitud efectuada por la Instructora de la Residencia de Medicina Familiar y Comunitaria con sede en el Centro de Salud "Leonor Capelli" del Área Programática VII, a fojas 105, a fin de autorizar a residentes del 3º año a realizar reemplazos de guardia para cubrir guardias médicas y contingencias como refuerzos en Centros de Salud de las Areas programáticas dependientes de la Secretaria de Salud.
CONSIDERANDO la imperiosa necesidad de recurso humano para cubrir servicios de atención y, teniendo en cuenta que los residentes de 3er año han cumplido con los dos años de programas de guardias (8 guardias de 12 horas por mes) en escenarios de aprendizaje tanto en el AMA del Hospital Municipal como guardias externas en el Centro de salud de 24 hs de Ingeniero White; además de haber cumplido cursos de atención al paciente crítico, se encuentran en condiciones de desempeñar funciones de guardia.
Que contando con el visto bueno de la Unidad de Docencia e Investigación a fojas 105 eleva al Secretario de salud para su consideración.
Que ante lo expuesto, el Secretario de Salud a fojas 106 autoriza en carácter excepcional, a los médicos Residentes de 3º año de la Residencia de Medicina Familiar y Comunitaria, a realizar reemplazos de guardia tanto en guardias como en atención ambulatoria en los Centros de Atención Primaria de la Salud (CAPS) dependientes de la Secretaria de Salud, a requerimiento y cuando las necesidades lo ameriten, ante situaciones criticas de cobertura asistencial.-
Por lo expuesto, y teniendo en cuenta las necesidades existentes, el SECRETARIO DE SALUD, en uso de las facultades que confiere el Decreto Nº 314/2017
RESUELVE
PRIMERO: Autorícese en carácter excepcional, a partir del 01 de noviembre 2025, a los médicos Residentes del 3º año de la Residencia de Medicina Familiar y Comunitaria con sede en el Centro de Salud "Leonor Capelli" del Área Programática VII a realizar reemplazos de guardia tanto en guardias como en atención ambulatoria en los Centros de Atención Primaria de la Salud (CAPS) dependientes de la Secretaria de Salud, a requerimiento y cuando las necesidades lo ameriten, ante situaciones criticas de cobertura asistencial.
SEGUNDO: Cúmplase, publiquese, tomen nota Unidad de Docencia e Investigación, y demás dependencias que correspondan, dese al R.O. y ARCHIVESE.