Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 1557
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 03/11/2025
Visto las presentes actuaciones, referidas a la solicitud de Habilitación interpuesta por FOURCUP S.R.L., con CUIT 30-71837647-1, para desarrollar actividad bajo el rubro de Restaurante - Cafetería, en el domicilio de calle BRAVARD Nº 16 de la Localidad de Bahía Blanca, y;
CONSIDERANDO
Que a fs.14 del Expediente 0-4669/2025 toma debida intervención el Departamento Habilitaciones labrando el correspondiente Acta de Inspección Nº 9822 de fecha 28/08/2025, en la que se deja constancia que se observa que reúne condiciones para desarrollar la actividad;
Que la solicitud de Habilitación ha sido interpuesta con fecha 20 de octubre de 2025, conforme constancia obrantes a fs. 1 y 2;
Que de fs. 3 a 20 obra documentación aportada por parte interesada a fin de poder evaluar la procedencia de lo solicitado;
Que a fs. 21 se acompaña constancia de cumplimiento tributario para Habilitación Municipal debidamente intervenida por el Departamento Recaudación;
Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por Ley Nº 7315/67 y su Decreto Nº 1123/73;
Que atento a los informes producidos por el Departamento de Recaudación y el Departamento Habilitaciones, se concluye que resulta procedente hacer lugar a la solicitud de Habilitación interpuesta;
Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos de la Municipalidad de Bahía Blanca, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 2900/2021;
- R E S U E L V E -
ARTÍCULO 1º)- Habílitase a FOURCUP S.R.L. con CUIT 30-71837647-1, contribuyente Nº095120A, para desarrollar actividades bajo el rubro Restaurante - Cafetería, en el domicilio de calle BRAVARD Nº 16 de la ciudad de Bahía Blanca.
ARTÍCULO 2º)- Expídase Certificado de Habilitación Nº 739/2025 a nombre de FOURCUP S.R.L., Contribuyente Nº 095120A de acuerdo a lo establecido en el Artículo Primero de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º)- Déjese constancia que la vigencia de la habilitación otorgada en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditada al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgada la habilitación
ARTÍCULO 4º)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad de la habilitación otorgada, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.
ARTÍCULO 5º)- Cúmplase, dese al R.O., tomen nota Departamento de Habilitaciones, Departamento Recaudación, Departamento Saneamiento Ambiental, cumplido. Archívese.