Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº87

Resolución Nº 87

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 03/11/2025

Visto, a fs. 2 de las presentes actuaciones, copia de la presentación realizada mediante Expediente N° 4007-1276-2024 ante el Departamento de Evaluaciones y Juntas Médicas de la Dirección Técnica Operativa del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires realizada por el agente Luis Osvaldo Perrin, Legajo N.º 6.583, D.N.I. 18.500.696, CUIL 20-18500696-5, nacido el 20/06/1967, con fecha de ingreso como empleado municipal en fecha 04/05/1987, dependiente de la Delegación Cabildo (oficina Nº 114) y actualmente en un cargo de planta permanente categoría 06/2A con una jornada horaria semanal de treinta y cinco (35) horas, y;

CONSIDERANDO

Que, en la mencionada presentación, el agente Luis Osvaldo Perrin, con alcances de declaración Jurada, presentó la toda la documentación médica relativa a la enfermedad que lo afecta, para que se realizara una Auditoría Médica a efectos de obtener la jubilación por invalidez, estando en actividad con una incapacidad superior al 66% dictaminada por la Dirección de Medicina Ocupacional de la Provincia de Buenos Aires.

Que, con fecha 01 de septiembre de 2025, mediante ACTA-2025-30967224-GDEBA-DPPIPS, los profesionales actuantes por el Departamento de Evaluaciones y Juntas Médicas de la Dirección Técnica Operativa del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires emiten dictamen, de acuerdo al Régimen Previsional de la Provincia de Buenos Aires, Decreto Ley 9.650/80 y sus modificatorias (texto ordenado por decreto 600/94, decreto reglamentario 476/81) y Ley 15093, acerca del grado de incapacidad laboral del agente Luis Osvaldo Perrin. En el mismo, de acuerdo al Baremo Nacional vigente, en base a la documentación aportada y/o evaluación practicada, concluyen en el diagnóstico de un 70% de incapacidad total y permanente.

Que la conclusión médico previsional del Departamento de Evaluaciones y Juntas Médicas de la Dirección Técnica Operativa del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, determinan en la actualidad para el agente Luis Osvaldo Perrin, una incapacidad laboral en grado invalidante, de carácter total y permanente.

Que con fecha 24 de septiembre de 2025, son remitidas las actuaciones administrativas al Municipio de Bahía Blanca.

Que, a fojas 4, el agente Luis Osvaldo Perrin, solicita el beneficio por el cual el Gobierno Municipal adelanta al personal que se acoja a la jubilación, importes mensuales a reintegrar oportunamente por el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires. Adicionalmente solicita el pago de la retribución establecida en el artículo 62° del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca.

Que el Departamento Administración de Personal sugiere se dicte el acto administrativo de baja por incapacidad laboral en grado invalidante, de carácter total y permanente, del agente Luis Osvaldo Perrin , Legajo N.º 6.583, con motivo de acogerse a los beneficios de la Jubilación por Invalidez, a partir del 01/11/2025, al cargo de planta permanente categoría 6/2A.2 que detenta.

Que el Departamento Administración del Personal informa que corresponde hacer lugar a lo establecido en el Art. 61 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca y en la Ley N° 15.243, otorgándole al agente Luis Osvaldo Perrin, Legajo N.º 6.583, en forma mensual y a partir del 01/10/2025, un anticipo jubilatorio consistente en el 60% de su remuneración, correspondiente a su cargo, nivel y antigüedad conforme a la última escala de sueldos vigente y equivalente para la categoría 6/2A.2, a la suma de PESOS UN MILLON CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE CON DOCE CENTAVOS ($ 1.198.547,12). Las retribuciones percibidas durante dicho período tendrán carácter de anticipo y serán deducidas al momento de efectuarse la liquidación de los retroactivos correspondientes.

Que el Departamento Administración del Personal informa que corresponde, acuerdo a lo establecido en el Art. 62 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca, abonarle al agente mencionado agente la suma PESOS SEIS MILLONES NOVECIENTOS VEINTIOCHO MIL SESENTA Y UNO CON VENITIDOS CENTAVOS ($6.928.061,22) sobre la base de un sueldo básico que asciende a pesos un millon ciento cincuenta y cuatro mil seiscientos sesenta y seiscon ochenta y siete centavos ($1.154.676,87) en concepto de Reconocimiento por Servicios Prestados, atento a que el agente Perrin cuenta con 38 años de antigüedad al momento del cese

Que la Dirección de Obra Social de Empleados Municipales (DOSEM) y Contaduría General a fojas 7 y 8, han tomado conocimiento de las actuaciones informando que el agente no tiene deuda pendiente.-

Que se cuenta con la previsión del gasto de la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General.

Por todo ello el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

R E S U E L V E

ARTICULO 1°) Disponer el cese por incapacidad laboral en grado invalidante, del agente Luis Osvaldo Perrin, Legajo N.º 6.583, D.N.I. 18.500.696, CUIL 20-18500696-5, en el cargo de planta permanente categoría 06/2A, a partir del 01 de noviembre de 2025, a efectos de acogerse a la Jubilación por Invalidez, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente Resolución.

ARTICULO 2°) Hacer lugar a lo solicitado por el agente Luis Osvaldo Perrin, Legajo N.º 6.583, D.N.I. 18.500.696, CUIL 20-18500696-5, abonando en forma mensual la suma de PESOS UN MILLON CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE CON DOCE CENTAVOS ($ 1.198.547,12), equivalente al sesenta por ciento (60%) de la remuneración correspondiente a su cargo, nivel y antigüedad al momento del cese, en carácter de anticipo jubilatorio, a partir del 1 de noviembre de 2025 y hasta tanto se haga efectivo el pago de su haber previsional, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Art. 61 de del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca, Ley N° 15243 y en los considerandos de la presente Resolución.

ARTICULO 3°) Abonar al agente Luis Osvaldo Perrin, Legajo N.º 6.583, D.N.I. 18.500.696, CUIL 20-18500696-5, la suma de PESOS SEIS MILLONES NOVECIENTOS VEINTIOCHO MIL SESENTA Y UNO CON VEINTIDOS CENTAVOS ($6.928.061,22) en concepto de reconocimiento por los servicios prestados, atento a lo establecido en el Art. 62 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca y en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente Resolución.

ARTICULO 4°) Dejar constancia que todas las actuaciones obrantes y concernientes al Legajo N° 6.583, responden al nombre de Luis Osvaldo Perrin, CUIL 20-18500696-5, nacido el 20/06/1967.

ARTICULO 5°) El gasto dispuesto precedentemente deberá imputarse de la Fuente 110,Jurisdicción 1110103000, Cat Prog 01.01.00, Gasto 6210.

ARTICULO 6°) Cúmplase, notifíquese, publíquese, tome nota Departamento Administración de Personal, División Jubilaciones y Pensiones, Subdirección de Capital Humano, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, Dirección de Obra Social de Empleados Municipales, dar al R.O., y ARCHIVAR.