Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº1377

Resolución Nº 1377

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 14/10/2025

  Visto las presentes actuaciones, referidas a la solicitud de Habilitación interpuesta por HOWEZ LUCRECIA SOLEDAD, con CUIT 27-33823874-1, para desarrollar actividad bajo el rubro de Despensa, Regalería, Verdulería y frutería, en el domicilio de la calle TERRADA Nro. 2926 de la Localidad de Bahía Blanca, y;

CONSIDERANDO

Que la solicitud de Habilitación ha sido interpuesta con fecha 16 de julio de 2025, conforme constancias obrantes a fs. 1;

Que de fs. 2 a 5, 7, 10 y 15 obra documentación aportada por parte interesada a fin de poder evaluar la procedencia de lo solicitado;

Que a fojas 12 obra plano de construcción sin permiso, acompañado por su correspondiente informe técnico visado el 14 de julio de 2025, obrante a fojas 13

Que a fs. 16 toma debida intervención el Departamento Habilitación, labrando el correspondiente Acta de Inspección Nº 7.345 de fecha 14/08/2025, dejando constancia que el local reúne buenas condiciones de seguridad e higiene;

Que a fs. 22 se acompaña constancia de cumplimiento tributario para Habilitación Municipal debidamente intervenida por el Departamento Recaudación;

Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por Ley Nº 7315/67 y su Decreto Nº 1123/1973;

Que atento a los informes producidos por el Departamento de Recaudación y el Departamento Habilitaciones, se concluye que resulta procedente hacer lugar a la solicitud de Habilitación interpuesta;

     Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos de la Municipalidad de Bahía Blanca, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 2900/2021;

- R E S U E L V E -

ARTICULO 1º)- Habílitase a HOWEZ LUCRECIA SOLEDAD con CUIT 27-33823874-1, contribuyente Nº 094932, para desarrollar actividades bajo el rubro Despensa, Regalería, Verdulería y frutería, en el domicilio de la calle TERRADA Nro. 2926 de la ciudad de Bahía Blanca.

ARTICULO 2º)- Expídase Certificado de Habilitación Nº 682/2025 a nombre de HOWEZ LUCRECIA SOLEDAD, Contribuyente Nº 94.932 de acuerdo a lo establecido en el Artículo Primero de la presente Resolución.

ARTICULO 3º)- Déjese constancia que la vigencia de la habilitación otorgada en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditada al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgada la habilitación.

ARTICULO 4º)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad de la habilitación otorgada, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.-

ARTICULO 5º)- Cúmplase, dese al R.O., tomen nota Departamento de Habilitaciones, Departamento Recaudación, Departamento Saneamiento Ambiental, cumplido. Archívese.