Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 1418
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 22/10/2025
Visto las presentes actuaciones, referidas a la solicitud de Habilitación interpuesta por Cristian Marcos Antonio MONTESINOS, 20-31907255-2, Contribuyente N.º 94753, para desarrollar actividad bajo el rubro de CASITA DE FIESTA INFANTILES - HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE 10:00 A 22.00 HS, en el domicilio de la calle LARREA JUAN Nº 22 de la Localidad de General Daniel Cerri, y;
CONSIDERANDO
Que a fs. 16 del expediente 0-2000/2025 toma debida intervención el Departamento Habilitación, labrando la correspondiente Acta de Inspección N.º 18062 de fecha 23/07/2025; dejando constancia que el local reúne buenas condiciones de seguridad e higiene;
Que la solicitud de Habilitación ha sido interpuesta con fecha 08 de agosto del 2025, conforme constancias obrantes a fs. 1 y 2 del expediente 4007-687/2025;
Que de fs. 3 a 33, 39, obra documentación aportada por parte interesada a fin de poder evaluar la procedencia de lo solicitado;
Que a fs. 40 se acompaña constancia de cumplimiento tributario para Habilitación Municipal debidamente intervenida por el Departamento Recaudación;
Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por Ley Nº 7315/67 y su Decreto Nº 1123/73;
Que atento a los informes producidos por el Departamento de Recaudación y el Departamento Habilitaciones, se concluye que resulta procedente hacer lugar a la solicitud de Habilitación interpuesta;
Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos de la Municipalidad de Bahía Blanca, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 2900/2021;
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º)- Habílitase a Cristian Marcos Antonio MONTESINOS, 20-31907255-2, Contribuyente N.º 94753, para desarrollar actividades bajo el rubro CASITA DE FIESTA INFANTILES - HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE 10:00 A 22.00 HS, en el domicilio de la calle LARREA JUAN N.º 22 de la localidad de General Daniel Cerri.
ARTICULO 2º)- Expídase Certificado de Habilitación N.º 699/2025 a nombre de Montesinos Cristian Marcos Antonio, Contribuyente N.º 94753 de acuerdo a lo establecido en el Artículo Primero de la presente Resolución.
ARTICULO 3º)- Déjese constancia que la vigencia de la habilitación otorgada en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditada al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgada la habilitación.
ARTICULO 4º)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad de la habilitación otorgada, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.
ARTICULO 5º)- Cúmplase, dese al R.O., tomen nota Departamento de Habilitaciones, Departamento Recaudación, Departamento Saneamiento Ambiental, cumplido. Archívese.