Boletines/Campana

Decreto Nº484/25

Decreto Nº 484/25

Campana, 13/06/2025

Expediente Municipal N° 4016-10019-2014 Déjase sin efecto el nombramiento del Sr. Rubén Luciano SILVEYRA

Visto

El Decreto-Ley 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ley Provincial N°14.656; el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su similar modificatoria, suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015; la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/2017; la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; los Decretos N° 1017/2024 y el N° 184/2022 (t.v.); y el Expediente Municipal N° 4016-10019-2014; y

Considerando

Que mediante Decreto N° 1017/2024 se designó al Sr. Rubén Luciano SILVEYRA en la Planta Permanente de Personal, como Jefe de la División Monitoreo – Clase II – Agrupamiento Personal Jerárquico, con 48 horas semanales de labor, dependiente de la Subdirección de Centro de Monitoreo Público, Subsecretaría de Planificación y Coordinación Operativa y U.P.L., Secretaría de Seguridad y Prevención Ciudadana, Jefatura de Gabinete, de manera interina.

Que, mediante el mismo acto administrativo, se reservó el cargo con estabilidad en la Planta Permanente de Personal, como Técnico Administrativo IV (administrativo) – Clase  IV – Agrupamiento  Personal Técnico  Administrativo, con  48 horas semanales de labor, dependiente del Departamento Enfermería, Dirección Médica de la Unidad Hospitalaria San José, Subsecretaría de Salud, Secretaría de Salud, Secretaría General de Políticas Sociales y Productivas, Jefatura de Gabinete.

Que obra nota de la Secretaría de Seguridad y Prevención Ciudadana, donde se solicita se deje sin efecto el nombramiento del Sr. SILVEYRA, en el cargo interino como Jefe de División Monitoreo, que fuera dispuesto en su momento para mantener el normal funcionamiento de los servicios de la dependencia, ya que desaparecieron las causas que motivaron el mismo. 

Que corresponde dejar sin efecto el nombramiento interno del Sr. SILVEYRA y reintegrarlo al cargo reservado, a partir del 01 de abril de 2025.

Que, en función de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, afectando presupuestariamente la erogación.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el Artículo 108º del Decreto-Ley 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/2017, y dentro de lo contemplado en el Artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).

Por ello,      

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto el nombramiento del Sr. Rubén Luciano SILVEYRA (D.N.I.  N°30.564.139 – Clase 1984), legajo  personal N° 6492, en  el  cargo  interino  de  Jefe de la  División Monitoreo – Clase II – Agrupamiento Personal Jerárquico, con 48  horas semanales de  labor, dependiente de  la Subdirección  de Centro  de  Monitoreo Público, Subsecretaría de Planificación y Coordinación Operativa y U.P.L., Secretaría de Seguridad y Prevención Ciudadana, Jefatura de Gabinete.-

ARTÍCULO 2°.-   Reintégrase al Sr. Rubén Luciano SILVEYRA (D.N.I. N°30.564.139 – Clase 1984), legajo personal N° 6492, al cargo de la Planta Permanente de Personal como Técnico Administrativo IV (administrativo) – Clase IV – Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, con 48 horas semanales de labor, dependiente del Departamento Enfermería, Dirección Médica de la Unidad Hospitalaria San José, Subsecretaría de Salud, Secretaría de Salud, Secretaría General de Políticas Sociales y Productivas, Jefatura de Gabinete, con retroactividad al 01 de abril de 2025.-

ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a la Dirección General de Recursos Humanos, y por su intermedio, al trabajador interesado.-

ARTÍCULO 4º.- Establécese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en este Decreto se tomarán de la categoría programática correspondiente a la Jurisdicción 1110105000 - Secretaría de Salud, del Presupuesto General de Gastos para el año 2025.-

ARTÍCULO 5º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; el Señor Secretario de Economía y Hacienda; y el Señor Jefe de Gabinete.

ARTÍCULO 6º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; publíquese; y archívese.-