Boletines/Campana

Decreto Nº472/25

Decreto Nº 472/25

Campana, 12/06/2025

Expediente Municipal Nº 4016-10703-0-2025 Reconocimiento de pago Cooperativa de Trabajo Solucionar LTDA

Visto

El Decreto Ley Nº 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/2017; la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.); los Decretos N° 109/2021, N° 184/2022 N°195/2023 y N° 355/2025 (t.v.); y el Expediente Municipal Nº 4016-10703-0-2025; y

Considerando

Que mediante la Licitación Pública N° 7/2020 se adjudicó el servicio de seguridad en diversas Secretarías, oficinas y centros municipales a la Cooperativa de Trabajo Solucionar LTDA. (C.U.I.T. 30-64434342-8), la cual inicio sus labores el 1 de marzo de 2021, por 24 meses, finalizando el 28 de febrero de 2023, con opción de prórroga por un periodo equivalente de meses, según lo dispuesto en el DECTO-2021-109-EMUNICAM-INT.

Que en virtud del Decreto N° 195/2023 se autoriza la prórroga de la contratación del “Servicio de Vigilancia Municipal” por 24 meses finalizando el día 28 de febrero de 2025.

Que, complementariamente la Dirección de Compras informa que mediante del Expediente Municipal Nº 4016-9344-2024, se está llevando a cabo un nuevo llamado a Licitación Pública para la adjudicación de un nuevo contrato bajo los requerimientos y disposiciones allí dispuestas.

Que dado el buen trabajo que han realizado durante el periodo de contratación y entendiendo que, el estudio, logística y expertise que poseen en el municipio luego de los años de trabajo que han llevado adelante, se continuó requiriendo la prestación de los mencionados servicios, reconociéndole el pago del mes de marzo de 2025, mediante el Decreto N° 355/2025, a los fines de no desatender los objetivos en los que dan seguridad, en diversas Secretarías de la municipalidad, hasta tanto se adjudique un nuevo contrato.

Que, en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo a los fines de reconocer el pago, a favor de la Cooperativa de Trabajo Solucionar LTDA, por la prestación de los servicios de vigilancia municipal en diversas Secretarías de la Municipalidad de Campana durante el mes de abril de 2025.

Que obran facturas Nº 15199; 15200; 15201; 15202; 15203; 15204; 15205; 15206; 15207; 15208 y 15209.

Que la Dirección de Presupuesto Municipal informa la imputación presupuestaria para abonar el mes de abril de 2025. Asimismo, adjunta “Estado de Ejecución del Presupuesto de Gastos” de las Secretarías de Economía y Hacienda e Inclusión, Educación y Cultura donde se verifica el crédito presupuestario suficiente, mientras que resulta insuficiente en la Secretaría de Salud, Espacio Público y Descentralización, Seguridad y Prevención Ciudadana, Intendente Municipal, Técnica, Administrativa y Legal y de Gabinete, pero la erogación podrá llevarse a cabo transfiriendo crédito presupuestario a la categoría programática mencionada de economías realizadas dentro de la misma Secretaría o bien de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente en sus artículos N° 8 y N° 9.

Que la Contaduría Municipal toma conocimiento e informa que no tendrá objeciones de carácter contable que formular una vez transferido el crédito presupuestario a la categoría programática mencionada o bien de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

Que la Secretaría de Economía y Hacienda toma conocimiento e informa que  no posee objeciones económicas ni financieras que formular respecto de las erogaciones a realizar  imputables a su Secretaría y la Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura. Asimismo, manifiesta que respecto a las erogaciones a realizar imputables a la Secretaría de Salud, Espacio Público y Descentralización, Seguridad y Prevención Ciudadana,  Técnica,   Administrativa   y   Legal,  Jefatura   de   Gabinete   e   Intendente Municipal, los créditos presupuestarios existentes son insuficientes, pero las mismas podrán llevarse a cabo transfiriendo crédito presupuestario a las categorías programáticas mencionadas de economías realizadas dentro de las mismas Secretarías, o bien, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente en sus Artículos N° 8 y N° 9.

Que obran Solicitudes de Pedido Nº 3-2110-85; Nº 3-2450-500; Nº 3-5327-484; Nº 3-4490-203; Nº 3-10-26; Nº 3-10-27; Nº 3-4180-36; Nº 3-4000-354 y N.º 3-5395-513.

Que lucen Solicitudes de Gasto Nº 0-2553; Nº 0-2554; 0-2555; Nº 0-2556; Nº 0-2557; Nº 0-2558; Nº 02559; Nº 0-2560 y Nº 0-2561.

Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento y otorga continuidad a las actuaciones.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el Artículo 108° del Decreto Ley Nº 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.). Asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/2017, dentro de lo contemplado en el Artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v).

Por ello,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Reconócese el pago a favor de la Cooperativa de Trabajo Solucionar LTDA  (C.U.I.T.   3064434342-8),  por   la  prestación  de   los  servicios  de   vigilancia municipal en diversas Secretarías de la Municipalidad de Campana, durante el mes abril de 2025, por la suma total de Pesos Ciento Ochenta y Un Millones Setecientos Cuarenta y Dos Mil Doscientos Cuarenta y Uno Con 00/100 Centavos ($ 181.742.241,00.-), I.V.A. incluido, en un todo de acuerdo a lo actuado en el Expediente Municipal N° 401610703-2025, y según se consigna en las siguientes facturas que se detallan a continuación:

  • Factura Nº 15199 emitida por el valor de Pesos Trece Millones Doscientos Veintiséis Mil Novecientos Noventa y Seis con 00/100 Centavos ($13.226.996,00.-);

  • Factura Nº 15200 emitida por el valor de Setenta y Un Millones Setecientos Noventa Mil Quinientos Treinta y Cuatro con 00/100 Centavos ($71.790.534,00.-);

  • Factura Nº 15201 emitida por el valor de Pesos Cincuenta Millones Quinientos Veintidós Mil Trecientos Treinta y Cinco con 00/100 Centavos ($50.522.335,00.-);

  • Factura Nº 15202 emitida por el valor de Pesos Trece Millones Doscientos Sesenta y Tres Mil Ochocientos Cuarenta con 00/100 Centavos ($13.263.840,00.-);

  • Factura Nº 15203 emitida por el valor de Pesos Un Millón Cincuenta Mil Cincuenta y Cuatro con 00/100 Centavos ($1.050.054,00.-);

  • Factura Nº 15204 emitida por el valor de Pesos Un Millón Cincuenta Mil Cincuenta y Cuatro con 00/100 Centavos ($1.050.054,00.-);

  • Factura Nº 15205 emitida por el valor de Pesos Tres Millones Trescientos Quince Mil Novecientos Sesenta con 00/100 Centavos ($3.315.960,00.-);

  • Factura Nº 15206 emitida por el valor de Pesos Trece Millones Doscientos Sesenta y Tres Mil Ochocientos Cuarenta con 00/100 Centavos ($13.263.840,00.-);

  • Factura N.º 15207 emitida por el valor de Pesos Seis Millones Seiscientos Treinta y Un Mil Novecientos Veinte con 00/100 Centavos ($6.631.920,00.-);

  • Factura Nº 15208 emitida por el valor de Pesos Seis Millones Seiscientos Treinta y Un Mil Novecientos Veinte con 00/100 Centavos ($6.631.920,00.-);

  • Factura Nº 15209 emitida por el valor de Pesos Novecientos Noventa y Cuatro Mil Setecientos Ochenta y Ocho con 00/100 Centavos ($994.788,00.-).-

ARTÍCULO 2º.- Dispónese  que  los fondos  necesarios para el  pago de  lo dispuesto en el artículo anterior, se tomarán de la Jurisdicción 1110103000 “Secretaría de Economía y Hacienda”,  Categoría Programática  01.09 “Recursos  Humanos”, Fuente de  Financiamiento 110 “Tesoro  Municipal”, Partida  Presupuestaria  3.9.3 “Servicios de  Vigilancia”; Jurisdicción  1110105000 “Secretaría de Salud”, Categoría Programática 01.02 “Servicio de Vigilancia”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, Partida Presupuestaria 3.9.3 “Servicios de Vigilancia”; Jurisdicción 1110125000 “Secretaría de Espacio Público y Descentralización”, Categoría Programática 01. “Gestión  de Espacio Público y Descentralización”,  Fuente de Financiamiento  110 “Tesoro Municipal”, Partida Presupuestaria 3.9.3 “Servicios de Vigilancia”;  Jurisdicción 1110114000 “Secretaría  de Prevención Ciudadana”, Categoría Programática 01.01 “Gestión Sec. Prevención Ciudadana”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, Partida Presupuestaria 3.9.3 “Servicios de Vigilancia”; Jurisdicción 1110110000  “Intendente Municipal”, Categoría  Programática 16 “Juzgado de Faltas N.º 1”, Fuente  de Financiamiento 110 “Tesoro  Municipal”, Partida  Presupuestaria 3.9.3 “Servicios de Vigilancia”; Jurisdicción 1110110000 “Intendente  Municipal”, Categoría Programática 17 “Juzgado de Faltas N.º 2”, Fuente de  Financiamiento 110 “Tesoro  Municipal”, Partida  Presupuestaria 3.9.3  “Servicios de Vigilancia”;  Jurisdicción 1110120000  “Secretaría Técnica,  Administrativa y Legal”,  Categoría  Programática  01.01  “Gestión de  la  Sec. Técnica,  Administrativa  y Legal”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, Partida Presupuestaria 3.9.3 “Servicios de Vigilancia”; Jurisdicción  1110112000 “Secretaría de Gabinete”, Categoría Programática 20.01 “Gestión de Acción Social”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, Partida Presupuestaria  3.9.3 “Servicios de  Vigilancia”; Jurisdicción  1110129000 “Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura”, Categoría Programática  01.01 “Gestión Secretaria  de Inclusión,  Educación y Cultura”,  Fuente  de  Financiamiento  110  “Tesoro  Municipal”,  Partida  Presupuestaria  3.9.3  “Servicios de Vigilancia”, del Presupuesto General de Gastos para el año 2025.-

ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; el Señor Secretario de Economía y Hacienda; y el Señor Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese a la empresa interesada; publíquese; y archívese.-