Boletines/Chascomús
Decreto Nº 825/25
Chascomús, 28/10/2025
SUBSIDIO
Visto
El Expediente Administrativo GDE EX-2025-00030803-CHASCOMUS-MESA#SG, caratulado “Solicitud de Subsidio de materiales. Expediente N° 167.577”; y
Considerando
Que al orden 13 se acompaña de Subsidio Individual, dando curso favorable a la solicitud de subsidio por un total de CIENTO SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS SETENTA. ($163.570), siendo sus proveedores: SERVIMAT S.A.
Que, en consecuencia, la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado que resulta adecuado al cumplimiento de los fines del Estado el acompañamiento del peticionante con el otorgamiento de un subsidio para la compra de materiales a los fines de acondicionar su vivienda, de conformidad con las consideraciones ut supra expuestas, debiendo verificarse por parte de la Secretaría de Desarrollo Social la utilización del subsidio otorgado para los fines que fue peticionado.
Por ello, el Intendente Municipal Interino que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Otórguese Subsidio para solventar los gastos de acondicionamiento de la vivienda que habita junto a su grupo familiar, ubicada en la calle Baigorria N° 110, de conformidad con lo expuesto en el exordio.-
ARTICULO 2°.- El monto total de la ayuda asciende a la suma de CIENTO SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS SETENTA ($ 163.570) a otorgarse en una única cuota, sin cargo de reintegro y sin obligación de rendición de cuentas siendo proveedor "SERVIMAT S.A".-
ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese a la Jurisdicción 1110113000, Categoría Pragmática 37.04.00, Partida 5.2.1.0, Fuente 132, Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales (11.4.09.00).
ARTICULO 4°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaria de Desarrollo Social, Dirección de Políticas Comunitarias, Contaduría, Tesorería y beneficiaria.-
ARTÍCULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsin) y Secretaria de Desarrollo Social (Yanina Gazzaniga).-
ARTÍCULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-