Boletines/Puan
Resolución Nº 23/25
Publicado en versión extractada
Puan, 12/11/2025
VISTO:
El Decreto N° 0726/2025 del Departamento Ejecutivo Municipal de Puan, mediante el cual se deja sin efecto, a partir del 1° de abril de 2025, la aplicación de los coeficientes utilizados para la delimitación de funciones, tareas o cargos del personal dependiente del Municipio de Puan y del Ente Descentralizado de Salud, conforme Ordenanzas N° 7928/24 y N° 7927/24; y
CONSIDERANDO:
Que como consecuencia de dicho Decreto, jubilados municipales del Partido de Puan han manifestado una reducción en sus haberes jubilatorios percibidos por el Instituto de Previsión Social (IPS). Que en fecha 4 de noviembre de 2025 se llevó a cabo una reunión entre representantes de los Bloques “Juntos Compromiso Distrital”, “La Libertad Avanza” y “Unión por la Patria” del Honorable Concejo Deliberante, junto a jubilados municipales del distrito, en la cual se dejó constancia de su preocupación y de la necesidad de contar con información clara sobre las decisiones adoptadas por el Departamento Ejecutivo en materia salarial. Que los jubilados solicitaron conocer qué Decretos o disposiciones fueron remitidos al Instituto de Previsión Social (IPS) y en qué fechas, a fin de entender el modo en que se efectuaron los cómputos que afectaron sus haberes. Que el Honorable Concejo Deliberante tiene la facultad de requerir informes al Departamento Ejecutivo Municipal en virtud del artículo 108 inciso 25 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley 6769/58), en ejercicio de su función de control institucional y presupuestario. Que el artículo 27 inciso 1° de la misma Ley establece que las Ordenanzas son las normas de carácter general dictadas por el Concejo Deliberante, y que el Departamento Ejecutivo debe cumplirlas y hacerlas cumplir (artículo 108 inciso 2°), no pudiendo modificarlas ni dejarlas sin efecto por Decreto, conforme al principio de jerarquía normativa y legalidad administrativa. Que el artículo 108 inciso 25 de la LOM autoriza al Intendente a dictar Decretos para la buena administración, siempre que no contradigan las Ordenanzas vigentes, por lo cual la decisión de dejar sin efecto coeficientes establecidos por Ordenanza podría constituir un exceso de competencia y una violación al principio de legalidad. Que, asimismo, los artículos 119 y 120 de la LOM disponen que las modificaciones en materia salarial afectan la ejecución presupuestaria y solo pueden realizarse mediante Ordenanza, dado que alteran partidas de gastos en personal aprobadas por este Honorable Cuerpo. Que la omisión de remitir dichos Decretos ad-referéndum del Concejo Deliberante impide el control legislativo sobre actos que afectan las finanzas municipales y los derechos de los trabajadores, contraviniendo los principios de transparencia, publicidad de los actos y división de poderes locales establecidos en los artículos 190 y 192 inciso 4° de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires. Que esta situación podría generar conflictos legales y administrativos, tales como: La nulidad del Decreto por incompetencia del órgano emisor. Observaciones del Honorable Tribunal de Cuentas por modificaciones presupuestarias sin respaldo normativo. Afectación de derechos previsionales reconocidos por la Ley 14.656 y el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, al haberse modificado por Decreto la base de cálculo de aportes y contribuciones. Riesgo de responsabilidad administrativa y patrimonial para los funcionarios intervinientes, conforme a lo dispuesto en la Ley 10.869 (Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires). Que la transparencia en la gestión y el respeto por los procedimientos legales constituyen pilares fundamentales del Estado municipal y garantizan la confianza pública en las instituciones;
POR ELLO, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades que le son propias sanciona la siguiente:
RESOLUCIÓN N° 2 3 / 2 5
ARTÍCULO 1°.- Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal que, por intermedio del área que corresponda, remita a este Honorable Concejo Deliberante copia íntegra del Decreto N° 0726/2025 y de todo otro acto administrativo remitido al Instituto de Previsión Social (IPS) que modifique los coeficientes o criterios salariales del personal municipal y del Ente Descentralizado de Salud.
ARTÍCULO 2°.- Requiérase al Departamento Ejecutivo que informe:
ARTÍCULO 3°.- Envíese copia de la presente Resolución al Instituto de Previsión Social (IPS) y al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, a los efectos de su conocimiento.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese y archívese.
APROBADA POR UNANIMIDAD EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE PUAN, EN SESIÓN ORDINARIA PÚBLICA A DOCE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO.
Firmado: GRACIELA M. MONTEMUIÑO, Secretaria Legislativa. C. LISANDRO KOLLER, Presidente