Boletines/Tandil

Decreto Nº3242/2025

Decreto Nº 3242/2025

Tandil, 11/11/2025

Visto

La solicitud de ampliación de designación como personal de Enfermería de Nuria Marisol Recio - D.N.I. 37.016.052, efectuada por el Jefe del Departamento de Enfermería, en virtud de la baja de Carla Vialaret - Legajo 11.634.

Considerando

Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Que se encuentra designada desde el 07 de mayo de 2025, venciendo su última ampliación de designación el 06 de noviembre de 2025.

Que la trabajadora ha cumplimentando los requisitos de admisibilidad e ingreso que regula el CCT 09/19 como así también el pre-ocupacional con resultado "Apto".

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Amplíese la designación a Nuria Marisol Recio – Legajo 11.872, como Personal de Enfermería en la categoría 8 – 48 hs. semanales de la Planta Temporaria en carácter de mensualizada, cumpliendo tareas en el Departamento de Enfermería del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, a partir del 7 de noviembre de 2025 y por el término de seis (6) meses.

Artículo 2°: Se deja establecido que Nuria Marisol Recio, se desempeñará dentro del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, debiendo cumplir horarios rotativos, mañana, tarde y noche, en días hábiles, sábados, domingos y feriados, con disponibilidad a cualquier modificación que pudiere determinar la Jefatura del Departamento de  Enfermería.

Artículo 3°: La erogación que ello implique deberá imputarse a la Jurisdicción 1120000002 Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática, 18.00.00 Hospital de Niños "Debilio Blanco Villegas", 1.0.0.0 Gastos en Personal, 1.2.0.0 Personal Temporario, 1.2.1.0 – Retribuciones del Cargo, 1.2.1.1 Personal Provisional, 1.2.2.0 Retribuciones que no hacen al cargo, 1.2.2.2 Por Extensión Horaria, 1.2.2.3 Liquidación Obra Social 1.3.1.0 Retribuciones Extraordinarias, 1.3.1.9 Garantía Enfermería del presupuesto de gastos en vigencia.

Artículo 4°: Insístase ante el Departamento de Contaduría la erogación dispuesta en este acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 186° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por la Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Artículo 6°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia y Vicepresidencia del SISP Ente Descentralizado, Dirección del Hospital de Niños "Debilio Blanco Villegas", Departamentos de Enfermería, Recursos Humanos y Contaduría del Ente, y oportunamente archívese.

 

Firma Digital: Cecilia Martens (Presidente)               -           Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

             Presidencia del Sistema Integrado de Salud      -                        Intendencia