Boletines/Benito Juarez

Resolución Nº489/2025

Resolución Nº 489/2025

Benito Juarez, 17/12/2025

Visto

lo actuado en el Expte. Letra “R” N° 81/2025, donde la Directora General de Recursos Humanos Interina solicita se dé inicio a un Sumario Administrativo, tras la recepción de reiteradas notas recibidas ante las faltas injustificadas del agente BRAVO DIAZ CRISTIAN LUIS (L.P. 3805) a su lugar de trabajo, dependiente de la Dirección General de Servicios; y

Considerando

que conforme nota obrante a fs. 25, 26, 28, 31 y 33 suscriptas por el Director General de Servicios, surge que el agente no se ha presentado a prestar servicios los días 23 de Mayo, 30 de Junio, 27, 28, 29 de Agosto, 1 de Septiembre y 3 de Noviembre, de manera injustificada;

QUE en fecha 6 de Noviembre, se lo ha citado a fin de que ejerza su derecho de defensa y proceda a justificar sus inasistencias, presentando el 12/11/2025 una nota donde manifiesta contar con certificado médico, el cual adjunta al presente, de fecha 28 de Julio, sin poder con ello, justificar las mismas;

QUE a fs. 38/47, el Director General de Servicios anoticia de las inasistencias injustificadas del agente por los días 17, 25, 26, 27, 28 de Noviembre y 2, 3, 4, 5 y 9 de Diciembre del 2025;

QUE a fs. 48/49 luce nota suscripta por el Director de Servicios, donde informa a la Dirección de Recursos Humanos las conductas del agente en cuestión, donde pone en conocimiento que las inasistencias injustificadas han ido en aumento en el último tiempo, pese a tener sanciones y reiterados llamados de atención verbales por parte de su superior;

QUE en la misma nota también cuenta que se le ha llamado la atención respecto al cumplimiento de horarios, que continúa llegando tarde y en reiteradas oportunidades se retira antes de cumplir con su jornada;

QUE a fs. 50/51, el Director de Talleres informa inasistencias injustificadas del agente por los días 9 y 10 de Diciembre del corriente año;

QUE el día 12 de Diciembre, el agente presenta un certificado médico por reposo laboral de veinte (20) días, de fecha 9/12/2025 resultando el mismo extemporáneo,

QUE el trabajador debe comunicar su inasistencia dentro de las dos (2) primeras horas del día laboral que se ha de ausentar;

QUE el art. 81 del CCTM, establece que “Sin perjuicio de lo que particularmente impongan las leyes, ordenanzas, decretos y disposiciones, los trabajadores deben cumplir estricta e ineludiblemente las siguientes obligaciones: a).- Prestar los servicios en forma regular y continua, dentro del horario general, especial o extraordinario que, de acuerdo con la naturaleza y necesidad de ellos se determine, con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducentes a su mejor desempeño y a la eficiencia de la Administración Municipal(…)”;

QUE, por su parte, el art. 85 inc. 2 del CCTM, establece que: “Podrán sancionarse hasta con cesantía: 2) Faltas reiteradas en el cumplimiento de sus tareas (…)4). Incumplimiento de las obligaciones determinadas en este convenio colectivo de trabajo Municipal”

QUE a fs. 55 y 56 la Asesora Legal de la Comuna solicita se inicie Sumario Administrativo contra el agente BRAVO DIAZ CRISTIAN LUIS (L.P. 3805) imputando prima facie su conducta en lo establecido en el art. 85 inc. 2 y 4 del CCTM., quedando a cargo de la instrucción la Dra. Manuela García;

QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;

EL INTENDENTE  MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

RESUELVE:

Artículo 1º.-Iniciar SUMARIO ADMINISTRATIVO al agente BRAVO DIAZ CRISTIAN LUIS (L.P. 3805) por encuadrarse su conducta presuntamente en el art. 85 inc. 2 y 4 del CCTM., de acuerdo a lo actuado en el Expte. Letra “R” N° 81/2025 dicho proceso estará a cargo de la Dra. Aguilera Samanta.

Artículo 2.-Por Asesoría Legal, notifíquese.

Artículo 3º-Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.

Artículo 4º.-Comuníquese, dése al R.O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Secretaría de Gobierno, de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, Recursos Humanos, Asesoría Legal y Auditoría, cumplido, archívese.

SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA,

VIVIENDA Y SERVICIOS PUBLICOS

ARQ. DIEGO ROSSETTI

INTENDENTE MUNICIPAL

SR. JULIO CESAR MARINI

RESOLUCIÓN  Nº 489-