Boletines/Benito Juarez
Resolución Nº 488/2025
Benito Juarez, 16/12/2025
Visto
lo actuado en el Expte. Letra “R” N° 178/2025, donde la Directora General de Recursos Humanos, solicita se dé inicio a un Sumario Administrativo, tras la recepción de la nota debidamente suscripta por la Delegada Municipal de Barker y Villa Cacique, donde expone la conducta del agente VIZCARRA PABLO (L.P. 3573) en su lugar de trabajo; y
Considerando
lo informado a fs. 2, el agente en cuestión se ha retirado de su lugar de trabajo a las 00:18 horas y en su ausencia se produjeron hechos e vandalismo en el sector del predio municipal, acompañando la filmación suministrada por el Centro de Monitoreo;
QUE en fecha 11 de Diciembre, la Delegada Municipal acompaña nota donde informa que el agente ingresó a su puesto de trabajo en el horario de las 22:17, para retirarse a las 00:14, volviendo a ingresar a las 00:19 horas, acompañado de una persona de sexo femenino, retirándose ambos a las 4:36 horas; de dicha situación acompaña también soporte fílmico;
QUE el art. 81 del CCTM, establece que “Sin perjuicio de lo que particularmente impongan las leyes, ordenanzas, decretos y disposiciones, los trabajadores deben cumplir estricta e ineludiblemente las siguientes obligaciones: a).- Prestar los servicios en forma regular y continua, dentro del horario general, especial o extraordinario que, de acuerdo con la naturaleza y necesidad de ellos se determine, con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducentes a su mejor desempeño y a la eficiencia de la Administración Municipal(…)”;
QUE, por su parte, el art. 85 inc. 2 del CCTM, establece que: “Podrán sancionarse hasta con cesantía: 1) Abandono del servicio sin causa justificada; (…) 3) Inconducta notoria; 4). Incumplimiento de las obligaciones determinadas en este convenio colectivo de trabajo Municipal”;
QUE a fs. 7 y 8 la Asesora Legal de la Comuna solicita se inicie Sumario Administrativo contra el agente Vizcarra Pablo (L.P. 3573), imputando prima facie su conducta en lo establecido en el art. 85 inc. 2 y 4 del CCTM., quedando a cargo de la instrucción la Dra. Aguilera Samanta;
QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
RESUELVE:
Artículo 1º.-Iniciar SUMARIO ADMINISTRATIVO al agente VIZCARRA PABLO (L.P. 3573) por encuadrarse su conducta presuntamente en el art. 85 inc. 2 y 4 del CCTM., de acuerdo a lo actuado en el Expte. Letra “R” N° 178/2025 dicho proceso estará a cargo de la Dra. Aguilera Samanta.
Artículo 2.-Por Asesoría Legal, notifíquese.
Artículo 3º-Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Gobierno.
Artículo 4º.-Comuníquese, dése al R.O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Secretaría de Gobierno, Barker/Villa Cacique, Recursos Humanos, Asesoría Legal y Auditoría, cumplido, archívese.
SECRETARIO DE GOBIERNO
ING. SERGIO J. ACOSTA
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
RESOLUCIÓN Nº 488-