Boletines/Benito Juarez

Decreto Nº1951/2025

Decreto Nº 1951/2025

Benito Juarez, 01/12/2025

Visto

lo establecido en la Ordenanza Impositiva Municipal vigente y lo actuado en Expte. Letra “R” Nº 162/2024; y

Considerando

que a fs. 59 el Director de Recaudación informa que en función del cambio establecido en la Ordenanza Impositiva 2025, mediante la cual  diferentes tasas y derechos serán ajustados en función al Sueldo Básico de un Trabajador Municipal en la categoría 1 con un régimen de 48 horas semanales;

QUE el monto al que ascendió el sueldo básico del trabajador municipal en el mes de Noviembre es de pesos seiscientos cincuenta y un mil noventa y cuatro con veinticinco centavos ($ 651.094,25) y se encuentra establecido mediante Decreto Municipal Nº 1815/2025;

QUE resulta necesaria la implementación de dicho ajuste;

QUE la Secretaría de Gobierno, dispone el dictado del presente acto administrativo;

EL INTENDENTE MUNICIPAL,  en uso de sus facultades,

DECRETA:

Artículo 1º.- Tómese como referencia para el cobro de Tasas y Derechos en casos de corresponder, el Sueldo Básico del mes de Noviembre de un Trabajador Municipal en la categoría 1 con un régimen de 48 horas semanales, a partir del 1º de Diciembre del corriente año, de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza Impositiva Municipal vigente y a lo actuado en el Expte. Letra “R” Nº 162/2024.

Artículo  2º.-El monto al que asciende el Sueldo Básico del Trabajador Municipal en la categoría 1 con un régimen de 48 horas semanales, será tomado en función del último Decreto Municipal de Aumento pasado.

Artículo  3º.-Por la Dirección de Recaudación, notifíquese.

Artículo  4º.-Refrendará el presente acto administrativo el Jefe de  Gabinete a cargo de la Secretaría de Hacienda.

Artículo 5º.-Comuníquese,  dése  al  R. O. De Decretos y Resoluciones, tome nota Contaduría, Tesorería, Recaudación, Secretarías de Gobierno, de Hacienda y Auditoría cumplido, archívese.

JEFE DE GABINETE

A/C DE SECRETARIA DE HACIENDA

SR. JORGE O. ISMAEL

INTENDENTE MUNICIPAL

SR. JULIO CESAR MARINI

DECRETO Nº 1951-