Boletines/Benito Juarez

Resolución Nº460/2025

Resolución Nº 460/2025

Benito Juarez, 27/11/2025

Visto

lo actuado en  Expte. Letra “R” Nº 169/25, en el que a fs. 2 obra nota del Secretario de Seguridad informando que la agente SASALI VIDAGUREN PIA (L.P. 5488) no se ha presentado a trabajar los días 8 y 9 de Noviembre del corriente año sin justificativo alguno; y

Considerando

que desde la Dirección General de Recursos Humanos se la ha citado a fin de que presenten el descargo correspondiente a fin de justificar sus inasistencias, sin haberlo hecho al día de la fecha;

QUE  el trabajador debe comunicar su inasistencia dentro de las dos primeras horas del día laboral que ha de ausentar; 

QUE el art. 81 inc. a) del CCTM, referente a las obligaciones del trabajador, dispone: “Prestar los servicios en forma regular y continua (…) con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducentes a su mejor desempeño y a la eficiencia de la Administración Municipal”; y su art. 72 prescribe “el trabajador tiene derecho a una retribución justa por sus servicios (…)”;

QUE, por su parte, el Art. 84 del mencionado convenio expresa: “Son causas para aplicar las sanciones disciplinarias (…) inc. 3) “Negligencia en el cumplimiento de sus tareas o funciones”;

QUE a fs. 5 obra nota de la Directora General de Recursos Humanos solicitando aplicar la sanción de Llamado de Atención en el marco del artículo N° 83 inc. a) del C.C.T.M. a la agente SASALI VIDAGUREN PIA (L.P. 5488)  por negligencia en el cumplimiento de sus tareas o funciones;

QUE a fojas 6 y 7 obra dictamen de la Asesora Legal de la Comuna;  

QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;

EL INTENDENTE  MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

RESUELVE:

Artículo 1º.-Aplicar LLAMADO DE ATENCION a la agente SASALI VIDAGUREN PIA (L.P. 5488) de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 83 inc. a)  del C.C.T.M y lo  actuado en el Expediente Letra “R” Nº 169/25.

Artículo 2º.- Por la Dirección General de Recursos Humanos, notifíquese.

Artículo 3º.-Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Gobierno.

Artículo 4º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos, Secretaría de Gobierno, de Hacienda, de Seguridad y Auditoría, cumplido, archívese.

SECRETARIO DE GOBIERNO                                           

ING. SERGIO J. ACOSTA

INTENDENTE MUNICIPAL

SR. JULIO CESAR MARINI

RESOLUCIÓN  Nº 460.-