Boletines/Benito Juarez
Resolución Nº 431/2025
Benito Juarez, 11/11/2025
Visto
lo actuado en Expte. Letra “R” Nº 147/25, en el cual la Subdirectora de la UDI “Jardín Maternal” informa que la agente ARGUELLO CARLA JOANA (L.P. 3830) ha incurrido en negligencia en el cumplimiento de sus tareas; y
Considerando
que según constancias de fs. 2, el Director de Niñez y Adolescencia, Abog. Patricio Funes eleva a la Dirección de Recursos Humanos, nota suscripta por la Directora del Jardín Maternal, donde informa la falta de compromiso de la agente referenciada en la prestación de sus tareas; asimismo informa que se la ha citado en varias oportunidades por este tipo de situaciones;
QUE desde la Oficina de Recursos Humanos, se la ha citado a fin de que presente el descargo correspondiente a fin de justificar los hechos manifestados por la Directora del Jardín Maternal, lo cual hace conforme constancia de fs. 5, negando las situaciones descriptas;
QUE el art. 81 inc. a) del C.C.T.M. referente a las obligaciones del trabajador, dispone: “Prestar los servicios en forma regular y continua (…) con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducentes a su mejor desempeño y a la eficiencia de la Administración Municipal”; y su art. 72 prescribe “el trabajador tiene derecho a una retribución justa por sus servicios (…)”;
QUE el art. 84 del mencionado Convenio expresa: “Son causas para aplicar las sanciones disciplinarias (…) inc. 3 “Negligencia en el cumplimiento de sus tareas o funciones”;
QUE “La responsabilidad administrativa, que se hace efectiva a través del poder disciplinario aparece cuando el agente comete una falta de servicio transgrediendo reglas propias de la función pública” (Mariehhoff, Miguel; Tratado de Derecho Administrativo; Tomo III-B, pag. 409);
QUE a fs. 6 la Directora de Recursos Humanos solicita aplicar la sanción de llamado de atención a la agente Arguello;
QUE a fojas 7 y 8 obra informe de la Asesora Legal de la Comuna, sugiriendo el dictado del pertinente acto administrativo;
QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
RESUELVE:
Artículo 1º.-Aplicar un LLAMADO DE ATENCIÓN a la agente ARGUELLO CARLA JOANA (L.P. 3830) de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 83 inc. a) del C.C.T.M. y a lo actuado en el Expediente Letra “R” Nº 147/25.
Artículo 2º.-Por la Dirección General de Recursos Humanos, notifíquese.
Artículo 3º.-Refrendará el presente acto administrativo la Sra. Secretaria de Desarrollo Social.
Artículo 4º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos, Secretarías de Gobierno, de Desarrollo Social y Auditoria, cumplido, archívese.
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
PROF. MARIA TERESA RICCI
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
RESOLUCIÓN Nº 431.-