Boletines/Benito Juarez

Resolución Nº427/2025

Resolución Nº 427/2025

Benito Juarez, 11/11/2025

Visto

lo actuado en  Expte. Letra “S” Nº 81/16, en el cual la Directora del Hogar de Ancianos Municipal informa una disminución en el rendimiento laboral del agente FRANCOLINO ANGEL ADRIAN (L.P. 3189), el uso constante de su celular en horario laboral y la no cooperación con sus compañeros de trabajo ; y

Considerando

que desde la Dirección General de Recursos Humanos, se lo ha citado a fin de que justifique los hechos manifestados, lo cual hace conforme constancias de fs. 14;

QUE el art. 81 inc. a) del C.C.T.M. referente a las obligaciones del trabajador, dispone: “Prestar los servicios en forma regular y continua (…) con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducente a su mejor desempeño y a la eficiencia de la Administración Municipal”; y su art. 72 prescribe “el trabajador tiene derecho a una retribución justa por sus servicios (…)”;

QUE el art. 84 del mencionado Convenio expresa: “Son causas para aplicar sanciones disciplinarias (…)” inc. 3) “Negligencia en el cumplimiento de sus tareas o funciones”;

QUE “La responsabilidad administrativa, que se hace efectiva a través del poder disciplinario aparece cuando el agente comete una falta de servicio transgrediendo reglas propias de la función pública” (Mariehhoff, Miguel; Tratado de Derecho Administrativo; Tomo III-B, pág. 409);

QUE a fs. 15 la Directora General de Recursos Humanos solicita aplicar la sanción de Llamado de Atención al agente Francolino;

QUE la conducta de la agente en cuestión se adecua al tipo infraccional previsto en el artículo 83 inc. a) del CCTM, por tanto, es viable la sanción propuesta de llamado de atención;

QUE a fojas 16 y 17 obra informe de la Asesora Legal de la Comuna, sugiriendo el dictado del pertinente acto administrativo, aduciendo que es procedente la aplicación de la sanción propuesta prevista en el art. 83 inc. a) del mencionado Convenio;

QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;

EL INTENDENTE  MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

RESUELVE:

Artículo 1º.-Aplicar un LLAMADO DE ATENCIÓN al agente FRANCOLINO ANGEL ADRIAN (L.P. 3189) de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 83  inc. a)  del C.C.T.M.  y a lo actuado en el Expediente Letra “S” Nº 81/16.

Artículo 2º.-Por la Dirección General de Recursos Humanos, notifíquese.

Artículo 3º.-Refrendará el presente acto administrativo la Sra. Secretaria de Salud.

Artículo 4º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos, Secretarías de Gobierno, de Salud, Hogar de Ancianos y Auditoria, cumplido, archívese.

SECRETARIA DE SALUD

SRA. SOUTRELLE ANDREA

INTENDENTE MUNICIPAL

SR. JULIO CESAR MARINI

RESOLUCIÓN  Nº 427.-