Boletines/Benito Juarez
Decreto Nº 1795/2025
Benito Juarez, 07/11/2025
Visto
lo actuado en el Expte. Letra “O” Nº 40/2025, en el que a fojas 2 obra nota refrendada por el Secretario de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos donde informa la necesidad de llevar a cabo la contratación de mano de obra y materiales para realizar el cambio de transformador para ampliar el alumbrado del Complejo Municipal de Villa Cacique - Barker; y
Considerando
que la Cooperativa de Servicios Púbicos de Barker Ltda., es la prestataria del servicio local en el Partido;
QUE a fs. 10 y 11 se adjunta presupuesto correspondiente;
QUE a fojas 15 obra informe del Jefe de Compras, manifestando que en virtud de los requerimientos técnicos de la obra y teniendo en cuenta que contratar a la firma mencionada permitiría agilizar ese proceso, se sugiere dar continuidad a lo requerido por el Secretario de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, basándose en lo previsto en el artículo 132 inc. c) de la L.O.M.;
QUE a fojas 16 la Contadora Municipal informa que las actuaciones correspondientes cumplen con los requisitos básicos enunciados en la L.O.M. y en el Reglamento de Contabilidad, acompañando a fs. 17 la respectiva solicitud del gasto;
QUE a fs. 18 el Jefe de Gabinete a cargo de la Secretaría de Hacienda, solicita la adjudicación a la firma mencionada;
QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo 1º.-Adjudíquese en forma directa a la firma “COOPERATIVA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE BARKER LTDA.” la contratación de mano de obra y materiales para realizar el cambio de transformador para ampliar el alumbrado del Complejo Municipal de Villa Cacique - Barker, por un importe total de pesos noventa y cinco millones seiscientos mil ($ 95.600.000,00), de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 132 inc. c) de la L.O.M. y a lo actuado en el Expediente Letra “O” Nº 40/2025.
Artículo 2º.-Notifíquese.
Artículo 3º.-Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.
Artículo 4º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Secretarías de Hacienda, Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos y Gobierno, Direcciones de Compras, de Presupuesto, Contaduría, Tesorería y Auditoría cumplido, archívese.
SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA,
VIVIENDA Y SERVICIOS PUBLICOS
ARQ. DIEGO ROSSETTI
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
DECRETO Nº 1795-