Boletines/Daireaux

Decreto Nº1138/2025

Decreto Nº 1138/2025

Daireaux, 03/10/2025

ASISTENCIA A AGENTES MUNICIPALES

Visto

El requerimiento de asistencia social presentado ante la Dirección de Personal por tres agentes municipales;

 

Considerando

Que las peticiones formuladas se fundamentan en cuestiones de salud debidamente fundadas;

Por ello;

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

D  E  C  R  E  T  A

ARTICULO 1°: Otorgase al agente DIAZ WALTER RAMON – LEGAJO 2342 – DNI: 23.843.455 - una asistencia social del monto de Pesos SETENTA MIL  ($70.000.00) con destino a cubrir la demanda que se menciona en los considerandos debiendo imputarse el gasto que ello demande con cargo a la Partida Presupuestaria: -------------

Jurisdicción 1110110000.-Secretaria de Obras Públicas.-

Programa 28.02.00-.-Direccion y Ejecución de Obras y Servicios Públicos.

Partida: 1.5.0.0. “Asistencia Social al Personal”.-

Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro Municipal.-

ARTICULO 2°: Otorgase a la agente VARELA MARIA JIMENA – LEGAJO 2581 – DNI: 33.361.821 - una asistencia social del monto de Pesos UN MILLON DOSCIENTOS MIL  ($1.200.000.00) con destino a cubrir la demanda que se menciona en los considerandos debiendo imputarse el gasto que ello demande con cargo a la Partida Presupuestaria: -------

Jurisdicción 1110102000 – Secretaría de Gobierno.-

Programa 01.00.00-Relaciones con la Comunidad.-

Partida: 1.5.0.0. “Asistencia Social al Personal”.-

Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro Municipal

ARTICULO 3°: Otorgase al agente HOYOS MARIO – LEGAJO 1386 –DNI: 17.931.656 - una asistencia social del monto de CIENTO VEINTE MIL PESOS   ($ 120.000.00) con destino a cubrir la demanda que se menciona en los considerandos debiendo imputarse el gasto que ello demande con cargo a la Partida Presupuestaria: -----------------------------

Jurisdicción 1110110000 – Secretaría de Obras Públicas.-

Programa 28.02.00 – Dirección y ejecución de obras y Servicios públicos.-

Partida: 1.5.0.0. “Asistencia Social al Personal”.-

Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro Municipal.

ARTÍCULO 4°: COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.-----------------------------