Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº473/18

Decreto Nº 473/18

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 23/03/2018

VISTO el presente suministro originado por la Secretaría de Políticas Sociales, para la adquisición de lácteos y verduras, con destino a Instituciones pertenecientes a la Subsecretaría de Promoción y Protección de Derechos, Y;

CONSIDERANDO:

Que, se efectuó la correspondiente Licitación Pública, recibiéndose las propuestas económicas de cinco (5) firmas inscriptas en el Registro de Proveedores, de las cuales tres (3) cumplieron con el Pliego de Bases y Condiciones, según consta a fs 189/190;

Que de acuerdo a lo informado por el Departamento de Compras, la adjudicación se realiza por mejor oferta total en los rubros: Lácteos frescos, frutas y verduras, pastas. El resto de los ítems fiambre, levadura, leche larga vida y huevos, se adjudican individualmente por precio por no pertenecer a ninguno de los rubros mencionados. El item n°55 no se adjudica porque supera el precio preventivo.

Por lo expuesto y en virtud a lo sugerido por el Departamento Compras a fs. 209/210; la INTENDENTE INTERINA en uso de sus facultades:

DECRETA

ARTICULO 1º): Adjudícase a la firma FEDALTO SILVIA (Proveedor Nº 5.092), la provisión de los ítems Nº 26 a 54, por única oferta en el rubro Frutas y Verduras, por la suma total de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES ($334.363.-), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.-

ARTICULO 2º)- Adjudícase a la firma FRIDO S.R.L (Proveedor Nº 5.556), la provisión de los ítems ítems Nº 1 , 2 y N°17 por mejor oferta económica. Los ítems Nº 3 a 9 por única oferta en el rubro pastas. Los ítems Nº 10 a 16 y 18 a25 por única oferta en el rubro lácteos frescos, por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS QUINCE CON TREINTA CENTAVOS ($479.715,30.-), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.

ARTICULO 3º)- Adjudícase a la firma DI LUCA ARNALDO ADRIAN(Proveedor Nº 5.161), la provisión de los ítems Nº 22 y 23 por mejor oferta económica, por la suma total de PESOS CIENTO CUARENTA MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON TREINTA CENTAVOS ($140.755,30.-), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.

ARTICULO 4º)- Dejase constancia los responsables de la recepción y control de la mercadería de cada una de las Instituciones:

  • Hogar Refugio: Mónica Fuidio – Directora – Legajo Nº 11139 y Carla Zaragoza – Secretaria – Legajo Nº 13782.
  • Casa de Abrigo 2: Guillermina Alaniz – Directora – Legajo Nº 14888 y Hebe Agne – Secretaria – Legajo Nº 13973.
  • Mamas Cuidadoras: Graciela Sarden – Coordinadora – Legajo Nº 5364 y Alejandra Martín – Secretaria – Legajo Nº 6889.
  • Cantilo: Maria José Álvarez – Directora – Legajo N° 13143 y Adriana Cerolini – Secretaria – Legajo Nº 6859.
  • Casa del Niño de Ingeniero White: Aracelli Uthurralt – Directora – Legajo Nº 6994 y Luciana Pascual – Secretaria – Legajo Nº 13979.
  • Envion: Lucia Álvarez D´Alberbeti – Coordinadora – Legajo Nº 15817.
  • Caballo de Troya: Sonia Colisnechenko – Directora – Legajo Nº 12597 y Ocho Ignacio – Secretario – Legajo Nº 12171.
  • C. Cap y Promoc Villa Miramar: Mónica Angellini – Directora – Legajo Nº 12335 y Arhex Nelida – Secretaria – Legajo Nº 6053.
  • Casa de Abrigo 1: Mariela Cuello – Directora – Legajo Nº 11769 y Sabrina Funk – Secretaria – Legajo Nº 13586.
  • Sueño de Barrilete: Elmo Fantino – Director – Legajo Nº 6164 y Gustavo Pellegrini – Secretario – Legajo Nº 6259.
  • Sistema de Amas: Raúl Vercellino – Director – Legajo Nº 11968 y Javier Bellabarba – Secretario – Legajo 11616.
  • Hogar Peumayen: Maria Luz Veiga – Directora – Legajo 5379 y Valeria Vauchelet – Secretaria – Legajo Nº 13587.
  • Hogar del Adolescente: Víctor Jaramillo – Director – Legajo 11555 y Valeria Ocampo – Secretaria – Legajo Nº 13604.
  • Casa del Niño de Villa Rosas: Olga Faath – Directora – Legajo Nº 12269.

ARTICULO 5º)- Refréndase el presente Decreto por la Secretaria de Políticas Sociales.-

ARTICULO 6º)- Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tome nota a sus efectos Departamento de Compras; hecho, ARCHIVESE.

DECRETO Nº2-473/2018.-

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