Boletines/Nueve de Julio
Decreto Nº 1419/2025
Nueve de Julio, 20/11/2025
FERIADO PUENTE - ASUETO ADMINISTRATIVO.
Visto
La Ley Nº 27.399, mediante la cual se habilitó al Poder Ejecutivo Nacional a fijar tres feriados puente por año para promover la actividad turística.
Considerando
Que a traves del decreto 1027/2024 del Poder Ejecutivo Nacional, se comunicó que serán días no laborables puente los días 2 de mayo, 15 de agosto y 21 de noviembre de 2025.
La opinión favorable de los funcionarios intervinientes a los fines de conceder asueto administrativo.
Por ello, la Intendetne Municipla de 9 de Julio, en uso de sus atribuciones, DECRETA
ARTÍCULO 1º: Concédase asueto administrativo el día 21 de noviembre de 2025, alcanzando el beneficio a todo el personal municipal.
ARTÍCULO 2º: Refrenda el presente Decreto el Señor Secretario de Gobierno.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda y regístrese.