Boletines/Campana

Decreto Nº385/25

Decreto Nº 385/25

Campana, 08/05/2025

EX-2025-00030005-MUNICAM-DGD#SMOD Ayuda económica Sr. Leonel Imboden.

Visto

El Decreto-Ley Nº 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires; la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/2017; la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría

Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; el Decreto N° 184/2022 (t.v.); y el EX-2025-00030005-MUNICAM-DGD#SMOD; y

          

Considerando

Que luce nota presentada por la Sra. Ramona Luján Martínez (D.N.I. Nº 26.176.382), a través de la cual solicita una ayuda económica para su hijo Leonel Imboden (D.N.I. Nº 49.071.385), con el propósito de afrontar los gastos del atleta, quién estará representando a nuestro país en los torneos ranqueables organizados por la Unión Panamericana de Taekwondo (PATU) en Río de Janeiro, Brasil, del 27 de mayo de 2025 al 31 de mayo del mismo año; en Santiago de Chile del 24 de julio de 2025 y hasta el 26 de julio del mismo año; y también en Lima, Perú. La misma estará destinada a solventar viáticos, indumentaria, transporte, alojamiento e inscripciones a los torneos. Asimismo, se acompañan copias de los D.N.I. de Imboden y su madre, ambos domiciliados en calle Crucero General Belgrano Nº 403 del Barrio Héroes de Malvinas de nuestra Ciudad, certificado de nacimiento del joven y documental referida a las competencias.

Que  la Dirección  de  Deportes  manifiesta  conocer  el desempeño  y proyección deportiva del joven y, sin objeciones que consignar al respecto, considera favorable colaborar con el desarrollo de su carrera y crecimiento deportivo.

Que la Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura toma conocimiento.

Que,  por   expresa  disposición  del  Sr.  Intendente,  se   le  otorga  al aludido peticionante la suma de Pesos Quinientos Mil con 00/100 Centavos                         ($ 500.000,00.-).

Que las Autoridades Municipales hacen suyo el deber de contribuir, en la medida de sus posibilidades, con jóvenes deportistas campanenses con el objeto de promover su carrera y crecimiento deportivo.

Que la Dirección de Presupuesto Municipal ratifica la imputación presupuestaria mencionada e informa que al día de la fecha el crédito presupuestario resulta suficiente para la erogación que se pretende realizar.

Que la Contaduría Municipal toma conocimiento e informa que la Sra. Ramona Luján Martínez (D.N.I. Nº 26.176.382) y su hijo Leonel Imboden (D.N.I. Nº 49.071.385), no adeudan rendiciones de subsidios entregados anteriormente al día de la fecha. Asimismo, cumple en informar que no posee objeciones de carácter contable que formular.

Que la Secretaría de Economía y Hacienda informa que no posee objeciones de carácter económicas ni financieras al respecto.

Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento, otorgando continuidad a las actuaciones

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el Artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/2017, y dentro de lo contemplado en el Artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).

Por ello,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Otórgase al Sr. Leonel Imboden (D.N.I. Nº 49.071.385) a través de su madre, la Sra. Ramona Luján Martínez (D.N.I. Nº 26.176.382), ambos con domicilio en calle Crucero General Belgrano Nº 403 del Barrio Héroes de Malvinas de la Ciudad de Campana, una ayuda económica por la suma de Pesos Quinientos Mil con 00/100 Centavos ($ 500.000,00.-); con el objeto de solventar gastos de viáticos, indumentaria, transporte, alojamiento e inscripciones a los torneos del atleta, quién estará representando a nuestro país en los torneos ranqueables organizados por la Unión Panamericana de Taekwondo (PATU) en Río de Janeiro, Brasil, del 27 de mayo de 2025 al 31 de mayo del mismo año; en Santiago de Chile del 24 de julio de 2025 y hasta el 26 de julio del mismo año; y también en Lima, Perú, y en un todo de acuerdo con el EX-2025-00030005-MUNICAM-DGD#SMOD.-

ARTÍCULO 2º.- Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto precedentemente, se tomarán de la Jurisdicción 1110129000 “Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura”, Categoría Programática 21.01 “Gestión Promoción del Deporte”, Partida Presupuestaria 5.1.4 “Ayudas Sociales a Personas”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, del Presupuesto General de Gastos para el año 2025.-

ARTÍCULO 3º.- Establécese que el beneficiario deberá presentar ante la Contaduría Municipal conforme a los términos de los Artículos 131° a 134° del Reglamento de Contabilidad  y  Disposiciones  de  la   Administración  para  las  Municipalidades  de  la Provincia de Buenos Aires, y del Artículo 50° y concordantes del Capítulo I – Disposiciones Generales del Decreto Provincial Nº 2980/2000, dentro de los treinta (30) días contados desde la fecha de efectuado el cobro del subsidio que se le concede, la rendición de cuentas documentada de su inversión. La falta de rendición de cuentas constituye causa para privar al mismo del derecho a percibir nuevos beneficios, conforme lo determina el Artículo 51° de la norma provincial antes citada; debiendo asimismo proceder a la devolución del monto otorgado.-

ARTÍCULO 4º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; la Señora Secretaria de Inclusión, Educación y Cultura; el Señor Secretario de Economía y Hacienda; y el Señor Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; publíquese; y archívese.-