Boletines/Magdalena

Decreto Nº1386

Decreto Nº 1386

Magdalena, 15/09/2025

Visto

Las actuaciones del expediente electrónico número 4524/24 mediante las cuales VIDELA Sabrina Daiana, CUIT 27-32886088-6, solicita la habilitación municipal del comercio cuyas actividades son Almacén y Venta de comidas para llevar, el que se ubica en calle San Martin N°2532 de la ciudad de Magdalena; y

Considerando

Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales que aconsejan hacer lugar a dicha habilitación en forma provisoria, conforme lo establece en el Capítulo III, de la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente –parte especial- del Municipio, mediante la cual, en el artículo 94 inc a) requiere la presentación de planos aprobados del local a habilitar y en el inc b), la presentación de certificación de liberación de deuda de las tasas municipales que gravan los inmuebles;

Que al solicitante se le ha otorgado el beneficio del artículo 76° bis del Capítulo XI “De las Exenciones y Eximiciones” de la Ordenanza 4295/25, Fiscal e Impositiva vigente, consistente en la eximición de pago de la Tasa por Habilitaciones Comerciales, prevista en el Capítulo III de la Ordenanza Fiscal e Impositiva 2025;

Que dicha habilitación provisoria debe ser otorgada por el término de doce meses, venciendo en consecuencia el día 15 de septiembre de 2026;

Que transcurrido dicho plazo deberá cumplimentarse con los requisitos previstos en los incisos a) y b) del artículo 94 de la norma citada precedentemente, a fin de otorgar la habilitación de carácter definitivo, debiendo el Municipio, en caso contrario, proceder a la clausura del establecimiento.

 

Por todo ello

el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar y registrar, a partir de la fecha, por los motivos expuestos en el exordio, la habilitación de carácter provisorio del establecimiento comercial cuyas actividades son almacén y venta de comidas para llevar (Códigos de actividad: 62100-06 y 63100-10) propiedad de VIDELA Sabrina Daiana, CUIT 27-32886088-6, legajo municipal Nº 63187, sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección 6, Manzana 113c parcela 1d y Partida Inmobiliaria Nº 3508, ubicado en San Martin N°2532 de la Ciudad de Magdalena.

 

Artículo 2º:El vencimiento de la presente habilitación provisoria se producirá el día  15 de septiembre de 2026 debiendo en esa oportunidad verificarse el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Capítulo III, Art. 94 Inc. a) y b) de la Ordenanza Fiscal –Parte Especial- del Municipio. En tal caso corresponderá el dictado del Acto Administrativo de habilitación definitiva. En caso contrario, se procederá a la clausura del establecimiento conforme lo establece el Art. 95, último párrafo, de la norma citada precedentemente.

 

Artículo 3º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

 

Artículo 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes dese al Registro Municipal y Archívese.

 

Fdo.

LISANDRO HOURCADE

Intendente Municipal

Fdo.

Dra. Greta Lopez Dorao

Secretaria de Gobierno