Boletines/Brandsen

Ordenanza Nº2411

Ordenanza Nº 2411

Brandsen, 01/09/2025

VISTO:

La nota presentada por la Sra. Teresa Taborda, Coordinadora de los Talleres de Lectura de la localidad, mediante la cual propone homenajear a la escritora brandseña Prof. Lylia Hernández, en el marco del 150º Aniversario del Partido de Brandsen; y

CONSIDERANDO:

Que los Talleres de Lectura, coordinados desde hace 27 años por la Sra. Taborda, constituyen un espacio libre y gratuito de formación, encuentro y difusión cultural, integrados por los grupos “Las Ensoñadas”, “Las Gaviotas” y “Las Escuchadoras”.

Que la escritora Prof. Lylia Hernández (1915 – 2001), primera escritora brandseña reconocida, dedicó su vida a la docencia, al periodismo y a la literatura, publicando obras como Cuenticantitos y Pueblo de maravilla y otros versos, libro este último que constituye un canto a Brandsen, a su pueblo y a su gente, con mención de paisajes y personajes de su tiempo.

Que su trayectoria fue distinguida con numerosos premios y menciones, tanto locales como nacionales e internacionales, entre los que se destacan la Faja de Honor de la Sociedad de Escritores de la Provincia, el Premio Borges de la Fundación Givré, el Premio Rubén Darío de la Asociación Latinoamericana de Poetas, y el Premio Hucha de Plata otorgado en Madrid, entre otros.

Que su obra constituye un legado cultural invaluable, enraizado en la identidad de nuestra comunidad, siendo necesario reconocerla y difundirla entre las nuevas generaciones.

Que el escritor desempeña un papel fundamental no solo en el ámbito de la cultura sino también en la construcción de la identidad

Que el escritor hace que el lenguaje se convierta en una puerta de infinitas posibilidades y nos recuerde el poder transformador de la palabra escrita

Que el día del escritor brandseño propicia e invita a reflexionar sobre el rol del escritor como el portador de la voz de nuestra ciudad, dejando testimonio de lo que fuimos, de lo que somos y de lo que propiciamos ser.

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BRANDSEN, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°:Instituyese en el partido de Brandsen al día 6 de septiembre como “Día--------------------del Escritor Brandseño”.-

ARTÍCULO 2°:Comuníquese al  Departamento Ejecutivo, a través de las áreas que--------------------correspondan, instrumentará acciones culturales, educativas y de difusión alusivas a la conmemoración establecida en la presente ordenanza.-