Boletines/Brandsen
Decreto Nº 1785
Brandsen, 22/09/2025
Visto
Visto el expediente Nº 4015-37952/25, por el cual la Secretaría de Desarrollo de la Comunidad, gestiona el Concurso de Precios Nº 7/2025, para la contratación del servicio de traslado para competidores y personal municipal a la ciudad de Mar del Plata para la participación en los Juegos Bonaerenses 2025 y;
Considerando
Que a fs. 6/26 se agrega el Pliego de Condiciones Generales y Particulares que regirá dicho Concurso;
Que a fs. 28 obra dictamen de la Subsecretaria Legal y Técnica: “Sra. Directora de Despacho y Digesto: Vienen las actuaciones de referencia a fin de emitir opinión sobre el CONCURSO de PRECIOS Nro. 7 sobre el traslado destinado a los participantes de los juegos bonaerenses. - Del análisis de la documentación no encuentro objeciones a que se dicte el acto administrativo, siempre que el D.E. lo considere, aprobando la documentación y llamando a concurso. - SUBSECRETARIA LEGAL y TECNICA, septiembre 22 de 2025.-”;
Que la contratación queda comprendida dentro del límite establecido por el artículo 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, actualizado por Resolución 225/2025 del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, para ese tipo de trámite en función del monto, previsto por la norma citada;
Que se han observado en lo actuado las pautas establecidas por el Decreto 2980/2000;
Que, en consecuencia, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN DECRETA
ARTÍCULO 1º.-Autorízase el llamado a Concurso de Precios N° 7/2025 para la contratación del servicio de traslado para competidores y personal municipal a la ciudad de Mar del Plata para la participación en los Juegos Bonaerenses 2025, por un presupuesto oficial de pesos veinticinco millones con 00/100 ($25.000.000,00). -
ARTÍCULO 2º.-Apruébase la documentación técnica que regirá el aludido concurso y fíjese para el día 3 de octubre de 2025, a las 13:00 hs. la apertura de las propuestas. -
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º, será imputado a Jurisdicción 7000 - Categoría Programática: 17.05.00 Imputación: 3.5.1.0– Fuente de Financiamiento: 132.-
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por las Secretarías de Gobierno, de Economía, Hacienda y Administración y de Desarrollo de la Comunidad. -
ARTÍCULO 5º.-Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y cumplido, archívese. –