Boletines/Brandsen
Decreto Nº 1695
Brandsen, 04/09/2025
Visto
Visto el Contrato de locación de servicios con Godoy Caterina DNI N° 35.126.530, y;
Considerando
Que, el convenio mencionado tiene por objeto la contratación en el marco del “Programa Comunidades sin Violencia: Fortalecimiento de la Gestión Municipal contra las Violencias de Género”. Dicha agente se desempeñará en el área administrativa atención y derivación de público y/o cualquier otra tarea vinculada al programa y que corresponda según sus tareas a desarrollar;
Que, la agente solo podrá eximirse de la obligación convenida por razones de fuerza mayor debidamente justificadas;
Que, dicha contratación tendrá vigencia desde el 01 de agosto de 2025 hasta el 31 de diciembre del mismo año inclusive, con una retribución mensual de pesos doscientos setenta mil con 00/100 ($270.000,00);
Que por expediente 4101.0/11 de la Municipalidad de Saavedra, “… en la celebración de contratos profesionales el Honorable Tribunal de Cuentas, considero excesivo el cumplimiento de la aplicación del artículo 32° de la Ley orgánica de las Municipalidades, de acuerdo a lo prescripto por el artículo 66 del Reglamento de Contabilidad para autorizar las tareas y servicios no contemplados en el artículo 148° de la ley, razón por la cual para tales gastos se estableció que deberán adoptarse los procedimientos utilizados para el común de los gastos presupuestarios…”;
Que en razón de lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo que registre el Convenio, en los términos y condiciones establecidos allí establecidos;
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Regístrese, desde 01 de agosto de 2025 hasta el 31 de diciembre del mismo año, el Contrato de locación de servicios suscripto con Godoy Caterina DNI N° 35.126.530, en el marco del “Programa Comunidades sin Violencia: Fortalecimiento de la Gestión Municipal contra las Violencias de Género”, quien se desempeñará en el área administrativa atención y derivación de público, el que agregado como Anexo I forman parte integrante del presente. -
ARTICULO 2º.-Autorízase a la contaduría municipal a emitir orden de pago contra presentación de factura y certificación emitida por el área contratante. -
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior, será imputado Jurisdicción: 111000 – Categoría Programática: 40.01 – Fuente de Financiamiento: 132.-
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y de Economía, Hacienda y Administración y de Desarrollo Social. –
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y cumplido, archívese. -