Boletines/Brandsen
Decreto Nº 1686
Brandsen, 03/09/2025
Visto
Visto el expediente N° 4015-36.802/25 por el cual la Sra. Etcheverry Nora Mabel, D.N.I 14.912.587, solicita la eximición de pago de las Tasas por Servicios Municipales, partida inmobiliaria Nº 8997, y;
Considerando
Que a fs. 16 obra dictamen del Sub Director de Asuntos Legales: “Sra. Directora de Despacho y Digesto: Vienen las actuaciones a efectos de emitir opinión con relación al trámite de eximición de TASAS municipales correspondiente al inmueble partida 8997 iniciado por la Sra. NORA ETCHEVERRY.- Teniendo en cuenta que la petición la formula el 10 de febrero de 2025 a fs. 1, la encuesta socio-económica fs. 13 y vta. y la opinión de la Secretaria de Desarrollo Social (fs. 14) que remite las actuaciones a la Dirección de Ingresos Públicos, de creerlo oportuno el D.E., podría hacer uso de la facultad de eximir del pago de tasas a la Sra. Etcheverry para el ejercicio 2025, la Ord. Fiscal establece en su art. 95 inc. c) lo siguiente: *c) Podrán otorgarse exenciones especiales, que comprendan desde un cincuenta por ciento (50%), hasta la totalidad del tributo, en aquellos casos en que la situación del contribuyente, entendiéndose como tales personas humanas, no obstante, no estar comprendido en el apartado anterior presenten características socio - económicas - sanitarias que hagan atendible su caso. Lo que deberá ser debidamente fundado, acreditado y aprobado por los mecanismos que establezca el Departamento Ejecutivo, dejándose constancia de ello en las actuaciones administrativas correspondientes. El bien afectado deberá ser inmueble urbano, única propiedad del peticionante como titular de dominio o heredero y estar destinado en forma exclusiva a vivienda de uso familiar." En definitiva, de considerar viable la solicitud el D.E. podría dictar el acto administrativo eximiendo de las tasas municipales a la Sra. Etcheverry con relación al inmueble partida 8997 para el ejercicio 2025 (art. 95 inc. c) de la Ord. Fiscal) teniendo en cuenta para ello la encuesta socio-económica y la consideración de las distintas áreas intervinientes, ello con sustento en lo dispuesto en el antepenúltimo párrafo del art. 95 de la Ord. Fiscal vigente. -SUBDIRECCION DE ASUNTOS LEGALES, septiembre 3 de 2025.”;
Que en razón de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo;
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Exímase en un cien por ciento (100 %) del pago de las Tasas por Servicios Municipales, por el ejercicio 2025, a la Sra. Etcheverry Nora Mabel, D.N.I 14.912.587, Partida Inmobiliaria Nº 8997.-
ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía, Hacienda y Administración. -
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a quien corresponda, dése al Registro Oficial y cumplido, archívese. -