Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº377

Resolución Nº 377

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 04/11/2025

Visto las presentes actuaciones referidas al Plan de Evacuación y Simulacro correspondiente al Salón de Fiestas denominado "MONTESION", sito en calle El Benteveo Nº 7290 de esta ciudad, y 

CONSIDERANDO:

Que se encuentra en vigencia la Ordenanza N° 14.219, la cual en su Artículo 1°) dispone: “Créase en el Partido de Bahía Blanca, el “Plan de Evacuación y Simulacro” para casos de incendio, explosión o advertencia de explosión o cualquier otra situación de la que surja la necesidad de desalojar las instalaciones...”;

Que además en su Artículo 2°) estipula que el Plan deberá ser de aplicación obligatoria en todos aquellos inmuebles con atención y concentración masiva de público, debiéndose adecuar el mismo a las características propias del espacio, su destino y de las personas que lo utilicen;

Que asimismo también deberá contemplarse la realización de simulacros, al menos, dos veces al año a fin de optimizar y socializar las medidas de seguridad necesarias;

Que, por lo expuesto y teniendo en cuenta el informe de la Dirección General de Defensa Civil obrante a fojas 39; el DIRECTOR DE LA AGENCIA DE SEGURIDAD, EMERGENCIA Y RESPUESTA INMEDIATA, en el marco de lo normado en el Artículo 182º de la Ley Orgánica de las Municipalidades,

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: Aprobar el Plan de Evacuación y Simulacro correspondiente al Salón ____________ de Fiestas, denominado "MONTESION", sito en calle Benteveo Nº 7290 de esta ciudad,  por el período de un (1) año a partir del día de notificación de dicha firma, siempre que la estructura edilicia y sus condiciones de seguridad no sufran modificaciones.-

ARTÍCULO 2º: Hágase saber al responsable del comercio mencionado en el artículo ____________ precedente que, en caso de introducirse modificaciones en la estructura edilicia que provoquen que varíen las condiciones de seguridad existentes, deberá comunicar a la Dirección General de Defensa Civil dentro de los treinta (30) días de producidas las mismas.-

ARTÍCULO 3º: Déjase constancia que deberá coordinarse con la Dirección General ____________ de Defensa Civil la realización por parte de la firma comercial de los simulacros respectivos; debiéndose anexar a las presentes actuaciones el informe técnico correspondiente a su realización.-

ARTÍCULO 4º: Cúmplase, notifíquese al responsable, tome nota Departamento ____________ Habilitaciones, dése al R.O. y resérvese en la Dirección General de Defensa Civil.-