Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 262
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 05/11/2025
VISTO las presentes actuaciones iniciadas por la COOPERATIVA DE TRABAJO "TRABAJADORES UNIDOS" LTDA., mediante las cuales se tramita la factibilidad para la obra "EJECUCIÓN DE CORDÓN CUNETA Y BADÉN EN CALLE GARAY ENTRE J.P. CORTALEZZI Y EL BOYERO" de la ciudad de Bahía Blanca, mediante la modalidad de Costo Cubierto, y
CONSIDERANDO
Que a fojas 25/29 el Departamento Vialidad informa las especificaciones técnicas a cumplir por la Cooperativa, acompañando proyecto de niveles del sector donde se realizará la obra.
Que la presente obra se realizará a través del Sistema de Costo Cubierto, es decir a cuenta y riesgo de la COOPERATIVA DE TRABAJO "TRABAJADORES UNIDOS" LTDA., no imponiéndose contribución de los vecinos no adherentes, conforme el Artículo 9 b) Ordenanza General 2082.
Que, a fs. 11, conta el Certificado de Cumplimiento Fiscal - Ordenanza 10660 - Resolución 2-27/2001 - Artículo 22 Ordenanza Fiscal, emitido por el Departamento de Análisis y Política Fiscal con vencimiento el día 08/03/2026.-
Por lo expuesto, el SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, en uso de sus facultades,
R E S U E L V E
ARTICULO 1°: Otorgar Factibilidad a la COOPERATIVA DE TRABAJO "TRABAJADORES UNIDOS" LTDA., a efectos de ejecutar el proyecto: "EJECUCIÓN DE CORDÓN CUNETA Y BADÉN EN CALLE GARAY ENTRE J.P. CORTALEZZI Y EL BOYERO" de la ciudad de Bahía Blanca, a través del sistema de Costo Cubierto, que no impone contribución de los vecinos no adherentes conforme al Art. 9 b) O. Gral. 2082.
ARTICULO 2°: Las obras se ejecutarán de acuerdo a los planos y Especificaciones del Departamento Vialidad, según el detalle obrante a fojas 25/29 del expediente 0/00-5948-2025.
ARTICULO 3°: La COOPERATIVA DE TRABAJO "TRABAJADORES UNIDOS" LTDA. deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza N° 12.827/04 y las "Normas sobre cortes de Calzada y Veredas" y proceder a la señalización diurna y nocturna de la obra, señalar de día con letreros y señales reglamentarias, según planos, y por la noche con luces de peligro reglamentarias alimentadas con 12 o 24 volts, toda interrupción y obstáculo en la zona de tránsito donde exista peligro para el mismo, aplicándose en cada oportunidad de cada transgresión comprobada por la Inspección, una multa de acuerdo a la Ordenanza Impositiva vigente, haciéndose pasible a las penalidades de daños y perjuicios, establecidas en el Artículo 41° de las Especificaciones Legales Generales.
Ante la interrupción total o parcial de la de la calzada se deberá comunicar, y tramitar en la Dirección de Tránsito Municipal, su permiso con una anticipación mínima de 5 (cinco) días.
La Cooperativa deberá presentar un Croquis de Obra con su Cómputo Métrico (esta información certificada por el Representante Técnico de la Empresa) y certificados de IERIC y Política Fiscal.
ARTÍCULO 4°: Para el inicio de los trabajos, la Cooperativa deberá comunicarse con el Departamento Inspecciones Obras Viales y Servicios a los fines de, comunicar la fecha de comienzo de los mismos, además de presentar:
Los seguros contratados deberán otorgar cobertura contra accidentes de trabajo, enfermedades laborales, accidentes de tránsito, daños a personas, a bienes muebles, a bienes inmuebles y a instalaciones, daños al equipo, etc., de cualquier índole y por cualquier motivo, producidos u ocasionados en la ejecución de los trabajos asignados, durante el horario de trabajo y en los trayectos desde y hacia el lugar de guarda del equipo. La cobertura por responsabilidad civil cubrirá un monto de $ 50.000.000 (Pesos cincuenta millones), designando como co-asegurado a la Municipalidad de Bahía Blanca.
Dicha presentación incluirá las constancias certificadas emanadas de las respectivas Compañías Aseguradoras, conteniendo los listados completos del personal y de los equipos que empleará para la ejecución de la obra; dichos listados contendrán datos completos tanto del personal como de los equipos que los identifiquen de modo indubitable.
La Cooperativa deberá presentar, obligatoriamente, copia certificada del recibo o factura que testimonie, fehacientemente, el cumplimiento de las obligaciones emanadas del plan de pagos acordado para la Póliza contratada; la fecha de pago deberá ser inexcusablemente, coincidente o anterior a la establecida en el correspondiente plan de pagos.
Además, y previo al replanteo de los trabajos, la Cooperativa deberá presentar la documentación necesaria para dar cumplimiento a la Resolución Nº 181/95 de ENARGAS.
Recepcionada la obra y en un plazo no mayor a cinco (5) días, la Empresa deberá presentar en el Departamento Inspecciones de Obras Viales y Servicios, Plano conforme a obras con toda la nivelación de cordones cunetas.
ARTÍCULO 5°: El plazo de ejecución de la obra será de 45 (CUARENTA Y CINCO) días corridos a contar desde la autorización de la Municipalidad de Bahía Blanca
ARTICULO 6: El plazo de Conservación y de mantenimiento de obra será de DOCE (12) meses a partir de la fecha del Acta de Recepción Provisoria.
ARTÍCULO 7°: El pago del 1% del Presupuesto de Obra deberá realizarse según la Ordenanza Impositiva vigente, Art. 25º, previo a la Recepción Provisoria de Obra.
ARTÍCULO 8°: Cúmplase, publíquese; dése al R.O.; NOTIFÍQUESE a la COOPERATIVA DE TRABAJO "TRABAJADORES UNIDOS" LTDA. por intermedio del Departamento Vialidad. Tomen conocimiento el Departamento Inspecciones Obras Viales y Servicios, Departamento Catastro, División Central Territorial de Datos y Dirección de Tránsito. Cumplido, ARCHÍVESE.-