Boletines/Bahia Blanca

Ordenanza Nº22191

Ordenanza Nº 22191

Bahia Blanca, 09/10/2025

VISTO

 

El proyecto de Ordenanza obrante a fojas 93 y 94, referido a los inmuebles ubicados en la ciudad y partido de Bahía Blanca, designados catastralmente como Circunscripción II, Sección C, Chacra 239, Manzana 239bt, Parcela 1, y Circunscripción II, Sección C, Chacra 239, Manzana 239bw, Parcela 1, delimitados por las calles Don Bosco, Fabián González, Artigas y Coulin; y

 

CONSIDERANDO

 

Que el área ha experimentado un importante crecimiento en los últimos años debido a la ejecución del Barrio 105 viviendas realizadas en el marco del Plan Federal de Construcción de Viviendas con Municipios y la entrega de lotes por sorteo en el marco del Programa Municipal de Lotes con servicio.

 

Que en esta área urbana de baja densidad, se pretende ir consolidando manzanas a fin de densificar la trama y generar un crecimiento ordenado tanto en entornos como en infraestructura.

 

Que las manzanas son propiedad de la Provincia de Buenos Aires afectadas al Plan Familia Propietaria. Cumplen con la Ordenanza Nº 10269/98 – Decreto 736/98, adecuación de Decreto 807/95.

 

Que en los últimos cinco años, se han realizado desde el Municipio solicitudes de asistencia financiera sobre estos macizos. Paralelamente a la solicitud municipal, se encuentra un pedido de la Universidad Nacional del Sur para la construcción de una Escuela Técnica con formación de tecnologías digitales y ciencias de datos.

 

Que debido a la situación expuesta, este Municipio solicitó al Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, el financiamiento para la construcción de 36 viviendas, infraestructuras y obras complementarias, requeridas por el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, a ejecutarse en el Partido de Bahía Blanca, en la Manzana 239bw; contemplando la propuesta de la Universidad Nacional del Sur en la Manzana 239bt.

 

Que la propuesta de mensura y subdivisión presentada, que se adjunta, contempla la subdivisión de la Manzana 239bt en 36 lotes, con medidas de frentes de entre 6.40 y 9.60 metros, adoptando prototipos en planta baja, planta baja adaptada y dúplex, con el objeto de disminuir el déficit habitacional existente en nuestra ciudad.

 

Que atento a que la afectación al Plan Familia Propietaria, implica que las medidas de las parcelas deben ser de 10 metros de frente, y 250 m2 de superficie, la presente propuesta no se ajusta a las exigencias del plan.

 

Que por lo antes mencionado y para dar viabilidad a los proyectos es necesaria la desafectación del Plan Familia Propietaria de las manzanas 239bt y 239bx (Partidas 71315 y 192410) citadas, que suman una superficie total de 16.049 metros cuadrados, compensando la superficie por un predio propiedad del Municipio, ubicado en la localidad de Cabildo, Partido de Bahía Blanca, entre las calles Pablo Porte, Josefa Serrano de Galar y 15 de Julio, designado catastralmente como Circunscripción XI, Sección B, Quinta 14, Partida Inmobiliaria 6527, con una superficie de 21.419 metros cuadrados.

 

Por todo lo expuesto, el H. Concejo Deliberante en uso de sus facultades sanciona con fuerza de:

 

 

ORDENANZA

 

Artículo 1º - Desaféctense del Plan Familia Propietaria los bienes ubicados en la ciudad y Partido de Bahía Blanca, identificados catastralmente como: Circunscripción II, Sección C, Chacra 239bt, Parcela 1, y Circunscripción II, Sección C, Chacra 239bw, Parcela 1.

 

Artículo 2º - Aféctese al Plan Familia Propietaria el bien ubicado en la localidad de Cabildo, Partido de Bahía Blanca, identificado catastralmente como Circunscripción XI – Sección B – Quinta 14.

 

Artículo 3º - Requiérase la intervención de la Subsecretaría de Hábitat de la Comunidad.

 

Artículo 4º - Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICINCO.