Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº218

Resolución Nº 218

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 15/09/2025

Visto la nota presentada por el Patronato de la Infancia, por la cual solicita el otorgamiento de un subsidio para afrontar parte de las reparaciones de los daños que sufrió el inmueble de su propiedad ubicado en calle Panamá 886 de nuestra ciudad; considerando los distintos presupuestos acompañados por la institución; y teniendo en cuenta la imputación efectuada por la Subdirección de Presupuesto y por la Contaduría General, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

R E S U E L V E

ARTICULO 1º- Otorgar un subsidio al Patronato de la Infancia, C.U.I.T. N° 30-52883723-5, por la suma de PESOS CINCUENTA MILLONES  ($ 50.000.000.-), destinado a afrontar parte de las reparaciones de los daños sufridos en el inmueble de su propiedad ubicado en calle Panamá 886 de la ciudad de Bahía Blanca, a raíz de la tormenta de granizo del día 2 de febrero de 2025, consistentes en recambio de chapas y clavaderas; trabajos de aislación y zinguería; revisión de las instalaciones de gas, luz y agua; reconectar los servicios; revisar y readecuar el funcionamiento de instalaciones sanitarias; y reposición de calefactores, cocina y termotanques.-

ARTICULO 2º) - El presente gasto deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110104000, Categoría Programática 01.01, Gasto 5.1.7.0. del Presupuesto de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 3°) - Notifíquese a la entidad beneficiaria que, una vez utilizados los fondos, deberá rendir cuentas ante el Departamento Contaduría General, en los términos del Instructivo obrante a fs.18 del expediente 0-7760-2025, respetando los lineamientos establecidos en los artículos 131° al 134° del Reglamento de la Contabilidad y cumplimentando el Balance de Inversión cuyo modelo obra a fs.19, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 52° de las Disposiciones Anexas al Decreto 2980/00 – R.A.F.A.M.-

ARTÍCULO 4°) - Por Jefatura de Gabinete y Gobierno se efectuará el seguimiento del trámite de rendición de fondos por parte de la entidad beneficiaria.-

ARTICULO 5º) - Cúmplase, notifíquese a la entidad recurrente mediante entrega de copia certificada de la presente, tome nota Contaduría General y Tesorería; dése al R.O. y ARCHÍVESE.-