Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 2682
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 30/10/2025
Visto las presentes actuaciones, referidas a la compra de medicamentos crónicos y ambulatorios para la Secretaria de Salud y;
CONSIDERANDO
Que se realizó la correspondiente Licitación Privada N.º 3723/2025, recibiéndose las propuestas económicas de ocho (8) firmas registradas en el Registro de Proveedores, de las once (11) invitadas a cotizar, conforme se detalla en los certificados de notificación de fojas 39 a 49;
Que en las fojas 489 obra el Acta de Apertura con las propuestas de las siguientes firmas: EQUIPO GEMICO S.A., con un total de $30.250.078,20; DROGUERÍA IB S.A., no cumple con el inciso e) del artículo 2 de las Cláusulas Especiales del Pliego de Bases y Condiciones, con un total de $38.585.324,82; ALFA CENTAURO S.A., con un total de oferta económica de $40.707.240; PILOÑA S.A., no cumple con el inciso e) del artículo 2 de las Cláusulas Especiales del Pliego de Bases y Condiciones, con un total de oferta económica de $64.760.106,98; MG INSUMOS S.A., con un total de $66.896.583,60; ROYAL FARMA S.A., con un total de $88.162.153,25; DINAMED BAHÍA S.R.L. con un total de $58.309.425; BAPROSIS S.R.L., con un total de oferta económica de $116.273.831,70;
Que a fojas 492, el Departamento Compras informa que las firmas DROGUERIA IB S.A. y PILOÑA S.A., subsanaron las observaciones respecto del inciso e) artículo 2° de las Cláusulas Especiales del Pliego de Bases y Condiciones, quedando todas las ofertas recibidas en condiciones de ser evaluadas;
Que a fojas 496 obra nota emitida por EQUIPO GEMICO S.A., en la cual solicita la anulación del renglón N° 18 por un error involuntario en la cotización;
Que a fojas 506 la firma ROYAL FARMA S.A. informa que cometió un error involuntario, adjuntando el preventivo de la presente licitación, aclarando que la oferta válida es la que acompaña a lo descrito siendo el total de la misma $70.634.045,20;
Que a fojas 507 el Departamento Compras informa que recibió vía correo electrónico institucional, la mencionada nota obrante a fojas 506, presentada por la firma ROYAL FARMA S.A., mediante la cual manifiesta haber advertido un error involuntario en la documentación presentada en el acto de apertura de la licitación en la cual el oferente adjunta copia del presupuesto preventivo correspondiente al Pedido de Cotización RAFAM N° 4159, con descripción detallada y firmada por su Presidente, Sr. Jose María Martín y que la oferta económica se incluyo por error dentro de la documentación correspondiente al sobre N°1, por lo que, en virtud de lo anterior, el Jefe de Compras considera que, previo dictamen de la Subsecretaria Legal y Técnica, correspondería dejar sin efecto la oferta económica presentada dentro del sobre N°1 por la mencionada firma, por incumpliendo en la formalidad de la presentación exigida en el Pliego de Bases y Condiciones;
Que a fojas 508 la Subsecretaria Legal y Técnica dictamina que "conforme lo determinado en el art. 2, cláusulas especiales, del Pliego de Bases y Condiciones, la cotización ofrecidas por las empresas deben obrar en el Sobre N°2. Por ello comprendo, las únicas ofertas que deben considerarse son las que se encontraban allí agregadas. Según se desprende del Acta de Apertura (fs. 489), la oferta de ROYAL FARMA S.A., fue de $88.162.153,25, lo que permite suponer que esa fue la cotización agregada en el sobre N°2, y así es informado a fs. 507. No obstante, en la nota de fs. 506 la citada empresa expone que su oferta fue de $70.634.045,20. En virtud de lo aquí expuesto, informando su oficina (fs. 507) que efectivamente esta última oferta se encontraba agregada únicamente en el sobre N°1 correspondería, salvo mejor criterio de la superioridad, desestimarla";
Que a fojas 509 el Departamento de Compras concluye que se desestime la oferta de la firma ROYAL FARMA S.A. presentada en el sobre N°1;
Que a fojas 519, la Secretaría de Salud sugiere adjudicar por valores económicamente convenientes teniendo en cuenta lo siguiente: el ítem N°17 el mejor oferente cotiza un suplemento dietario marca Novarum en lugar de un medicamento, por lo cual se desestima, sugiriendo adjudica al segundo oferente MG INSUMOS S.A.; el ítem N° 18, el primer oferente envía nota explicando un error en la cotización, por lo que sugiere adjudicar al segundo oferente Dinamed; el ítem N° 48, el primer oferente cotiza un producto con vencimiento más corto de lo solicitado en el pliego (12/2025), por lo que se sugiere adjudicar al segundo oferente MG INSUMOS S.A..
Los oferentes quedarán con los siguientes ítems adjudicados: Dinamed, ítems 13, 18, 21 y 31; Drogueria IBSA, los ítems 5, 22, 29, 35, 36, 37, 39, 44 y 49, Droguería SIS, el ítem 7, Equipo Gemico, los ítems 3, 4, 6, 8, 15, 16, 19, 32 y 45, Droguería Francesa, los ítems 23, 33 y 46, Distribuidora Gamma los ítems 1, 14, 30, 38, 40, 42, 43, 47 y 48 y a MG los ítems 12, 17, 24, 25, 26, 27, 28, 34 y 41.
Respecto a los ítems 2 y 10 quedan desestimados porque superan en más del 100% el valor preventivo y los ítems 9, 11 y 20 quedan desiertos;
Que a fojas 540, el Departamento Compras sugiere adjudicar a EQUIPO GEMICO S.A., Proveedor N° 7680, los ítems N° 3, 4, 6, 8, 15, 16, 19, 32, 45, por un importe total de $10.399.474,60; a DINAMED BAHÍA S.R.L., Proveedor N °6842, los ítems N° 13, 18, 21, 31, por un importe total de $37.351.000; a PILOÑA S.A., Proveedor N° 5532, los ítems N° 1, 14, 30, 38, 40, 42, 43, 47 y 48, por un importe total de $2.573.454,40; a DROGUERÍA IB S.A., Proveedor N° 6425, los ítems N° 5, 22, 29, 35, 36, 37, 39, 44 y 49, por un importe total de $5.521.013,70, a BAPROSIS S.R.L., Proveedor N° 9344, el ítem N° 7, por un importe total de $387.040; a MG INSUMOS S.A., Proveedor N° 7620, los ítems N° 12, 17, 24, 25, 26, 27, 28, 34 y 41, por un importe total de $6.071.400,80 y a ALFA CENTAURO S.A., Proveedor N° 5333, los ítems N° 23, 33 y 46, por un importe total de $7.154.500.
Asimismo, informa que el ítem N°7 se adjudica por ser la única oferta presentada, los ítems N°9, 11 y 20, no se adjudican por no recibirse ofertas, los ítems N°2 y 10 no se adjudican por superar ampliamente el valor preventivo, y el resto de los ítems se adjudican por ser la mejor oferta económica que cumplen con las especiaciones solicitadas;
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades
DECRETA
ARTÍCULO 1º)- Adjudicar a EQUIPO GEMICO S.A., Proveedor N° 7680, la provisión de los ítems N° 3, 4, 6, 8, 15, 16, 19, 32, 45, por mejor oferta económica que cumple con lo solicitado, por un importe total de PESOS SEIS MILLONES SETECIENTOS SETENTA MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON SESENTA CENTAVOS ($6.770.674,60.-), en un todo de acuerdo a los considerandos del presente Decreto.-
ARTÍCULO 2º)- Adjudicar a DINAMED BAHÍA S.R.L., Proveedor N °6842, la provisión de los ítems N° 13, 18, 21, 31, por mejor oferta económica que cumple con lo solicitado, por un importe total de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL ($37.351.000.-), en un todo de acuerdo a los considerandos del presente Decreto.-
ARTÍCULO 3º)- Adjudicar a PILOÑA S.A., Proveedor N°5532, la provisión de los ítems N°1, 14, 30, 38, 40, 42, 43, 47 y 48 por mejor oferta económica que cumple con lo solicitado, por un importe total de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON CUARENTA CENTAVOS ($2.573.454,40.-), en un todo de acuerdo a los considerandos del presente Decreto.-
ARTÍCULO 4º)- Adjudicar a DROGUERÍA IB S.A., Proveedor N° 6425, la provisión de los ítems N° 5, 22, 29, 35, 36, 37, 39, 44 y 49, por mejor oferta económica que cumple con lo solicitado, por un importe total de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS VEINTIÚN MIL TRECE CON SETENTA CENTAVOS ($5.521.013,70.-), en un todo de acuerdo a los considerandos del presente Decreto.-
ARTÍCULO 5º)- Adjudicar a BAPROSIS S.R.L., Proveedor N° 9344, la provisión del ítem N° 7, por única oferta económica conveniente a los intereses municipales, por un importe total de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CUARENTA ($387.040.-), en un todo de acuerdo a los considerandos del presente Decreto.-
ARTÍCULO 6º)- Adjudicar a MG INSUMOS S.A., Proveedor N° 7620, la provisión de los ítems N° 12, 17, 24, 25, 26, 27, 28, 34 y 41, por mejor oferta económica que cumple con lo solicitado, por un importe total de PESOS SEIS MILLONES SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CON OCHENTA CENTAVOS ($6.071.400,80.-), en un todo de acuerdo a los considerandos del presente Decreto.-
ARTÍCULO 7º)- Adjudicar a ALFA CENTAURO S.A., Proveedor N° 5333, la provisión de los ítems N° 23, 33 y 46, por mejor oferta económica que cumple con lo solicitado, por un importe total de PESOS SIETE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS ($7.154.500.-), en un todo de acuerdo a los considerandos del presente Decreto.-
ARTÍCULO 8º)- Se deja constancia que los N° 9, 11 y 20, no se adjudican por no recibirse ofertas y los ítems N° 2 y 10 no se adjudican por superar ampliamente el valor preventivo.-
ARTÍCULO 9°)- Cumplir notificar, dar al registro Oficial, publicar, tomar nota el Departamento Compras, y demás dependencias que correspondan; hecho: ARCHIVAR.-