Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº263

Resolución Nº 263

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 30/10/2025

Visto las presentes actuaciones iniciadas por el señor Bruno Zani, D.N.I. 31.561.197, de la Vinoteca Brix, y en representación de otros comercios locales del mismo rubro, por la cual solicita autorización para realizar la actividad denominada "La Noche de las Vinotecas", el día 14 noviembre de 2024; y

CONSIDERANDO

Que, según surge de la presentación del recurrente, la actividad en cuestión viene realizándose desde años anteriores y es impulsada por la Cámara de Vinotecas de la Provincia de Buenos Aires y por el Fondo Vitivinícola.-

Que en la actualidad el evento es de carácter nacional y nuestra ciudad es la segunda de todo el país en cantidad de vinotecas adheridas a la actividad, solo por detrás de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-

Que la propuesta consiste en realizar una apertura de comercios del rubro mencionado, en un horario extendido, durante la mencionada jornada, y brindando actividades especiales (descorches, charlas, catas con música, etc.), como así también ofrecer a los participantes descuentos importantes en vinos de algunas bodegas específicas.-

Que la realización de las actividades se desarrollarán dentro y fuera de los comercios, utilizando una parte de la vía pública de los frentes de las vinotecas.-

Que se considera un evento temporario, en el cual deberían participar aquellos establecimientos que cuenten con el correspondiente certificado de habilitación municipal como así también la licencia ReBA vigente para la comercialización de bebidas alcohólicas. No obstante, por tratarse de un evento especial con características diferentes a su actividad habitual, deberán tramitar la licencia temporaria por día para eventos en la Categoría D C2.-

Que, por lo expuesto; el VICEJEFE DE GABINETE Y GOBIERNO, en uso de las facultades que le otorga el Decreto 4995/2023, 

R E S U E L V E -

ARTICULO 1º) - Autorícese al señor Bruno Zani, D.N.I. 31.561.197, en representación del grupo de Vinotecas de la Ciudad de Bahía Blanca, a realizar la actividad denominada "La Noche de las Vinotecas", el día 14 de noviembre de 2024, extendiendo el horario de funcionamiento hasta las 24 horas, en los comercios que a continuación se detallan, tanto en sus interiores como en la vía pública al frente de sus instalaciones:

NOMBRE DEL COMERCIO DOMICILIO
Vinoteca Brix Roca 97
Bohemia Soler 184
Compañía de Vinos H.Yrigoyen 127
Wine House Enoteca Sarmiento 445
El Viejo Bacco Vinoteca Brasil 116
La Bodeguita La Original Bullrich 1428
El Bodegón Sarmiento 940
Viento Franco Martiniano Rodríguez 472
Alquimia Bravard 727
Madame Wines O′Higgins 202
Hilario Vinoteca Cuyo 334
Bartolo Tienda de Bebidas Mitre 1108
Musa  Florida 1321
Magni Don Bosco 1628

 

ARTICULO 2°) - La autorización otorgada por el artículo precedente quedará sujeta al cumplimiento de
los siguientes requisitos:

- La utilización de la vía pública en los frentes de los locales comerciales deberá ser parcial, debiendo tomar el recaudo de dejar el espacio suficiente para permitir el tránsito peatonal.-

- Los comercios autorizados a participar de la actividad deberán contar con el correspondiente certificado de habilitación municipal, como así también la licencia ReBA vigente para la comercialización de bebidas alcohólicas. Asimismo, por tratarse de un evento especial con características diferentes a su actividad habitual, el organizador deberá tramitar el ReBA correspondiente para este evento en particular, a fin de ampliar el horario de funcionamiento habitual hasta las 24 horas.-

- Respetar lo dispuesto en la Ordenanza Nº 20916, en cuanto a niveles de sonido y ruidos molestos, dentro
y fuera de los establecimientos.-"

ARTICULO 3º) - Déjese establecido que el evento se realiza bajo la exclusiva responsabilidad de los organizadores, por accidentes que pudieran ocurrir por negligencias imputables a la organización y que, en caso de no cumplirse con lo establecido en el artículo anterior se dará por anulada la presente autorización.-

ARTICULO 4º) - En el supuesto caso de que el Servicio Meteorológico Nacional produzca una alerta temprana de tormenta severa, deberá proceder a la suspensión de evento.-

ARTICULO 5º) - Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., y ARCHIVESE.-