Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 166
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 20/10/2025
VISTO las presentes actuaciones en las que la Dirección General de Tierras e Integración Socio Urbana (oficina N.º 146) solicita la designación de la Sra Noelia Noemi Cullaman, D.N.I. Nº 28.147.739, a partir del día de su notificación, y en carácter de provisional en un cargo de la planta permanente, categoría 05/4A y con treinta (30) horas de jornada horaria semanal.
Considerando que las tareas requeridas contemplan entre otras trabajo territorial (relevamientos sociales y catastrales en barrios de la cuidad, con contacto directo con vecinos y organizaciones sociales) y gestión administrativa general y específica (vinculada a los procesos de integración socio urbana, incluyendo la gestión del Certificado Municipal de Hábitat).
Que la Subdirección de Capital Humano entiende cumplimentados los requisitos establecidos en el Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca y por ello sugiere el dictado del acto administrativo de designación.
Que consta la declaración de inexistencia de inhabilidad para el ingreso a la administración municipal.
Que la Subdirección de Presupuesto y la Contaduría General han realizado la imputación del gasto correspondiente.
Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Designar a la Sra. Noelia Noemí Cullaman, D.N.I. Nº 28.147.739, con carácter provisional en un cargo de Planta Permanente, categoría 05/4A, con una jornada horaria de treinta (30) horas semanales y dependiente de la Dirección General de Tierras e Integración Socio Urbana, a partir del día de su notificación, para cumplir las tareas descriptas en los considerandos de la presente resolución y en un todo de acuerdo a lo establecido en el Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca.
ARTICULO 2º: Establecer que la Sra. Noelia Noemí Cullaman, adquirirá la estabilidad en su empleo transcurrido el plazo establecido en el artículo 9º del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca, a menos que, con anterioridad a dicho plazo, la autoridad competente emita oposición fundada, la cual le deberá ser notificada.
ARTÍCULO 3º: Encomendar a la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 11º inc. d) del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca, previo a la notificación de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4º: Disponer que la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat deberá informar al Departamento Administración de Personal la modalidad y lugar de cumplimiento de la jornada horaria semanal del agente.
ARTÍCULO 5º: El gasto que demande lo dispuesto en los artículos precedentes deberá imputarse a la Partida: Fuente 110, Jurisdicción 1110123000, Cat. Prog.: 01.00.00, Gasto: 1.1.1.5. del presupuesto de gastos vigente.
ARTÍCULO 6º: Cumplir, notificar, tomar nota el Departamento Administración de Personal, la Subdirección de Capital Humano, la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General, la Dirección de Obra Social de Empleados Municipales, demás dependencias que correspondan, publicar, dar al R.O y cumplido: ARCHIVAR.